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todo, a los que debemos pagar nuestra salud mes a mes.
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Unificación de fechas para el pago de aportes través de la “Planilla Integrada de Liquidación de
Aportes – PILA
Bogotá
D.C, 01 Marzo de 2017
Señor (a):
Aportante
Ref:
Unificación de fechas para el pago de aportes través de la “Planilla Integrada de Liquidación de
Aportes – PILA de acuerdo a Decreto 1990 de 2016.
Estimado Aportante.
Reciba un cordial saludo en nombre de Salud
Total EPS-S y nuestros sinceros deseos para que todos los proyectos de su
empresa se estén llevando a cabo de manera favorable en beneficio de sus
colaboradores.
La importancia de un pago oportuno se ve
reflejada en el acceso al servicio, por tal motivo cumplir con las fechas
estipuladas para realizar los aportes de los servicios de salud de sus
colaboradores a través de la “Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -
PILA”, puede garantizar salud total para su compañía, según lo estipula la
normatividad vigente (Decreto 1990 de 2016), que modifica y unifica el pago
oportuno de los aportes de forma integral para todas las clases de aportantes.
Para nosotros es muy importante que ustedes
tengan presente las fechas límites de pago, las cuales están programadas según
los últimos dos dígitos del Nit de la empresa o del documento de identificación
del aportante; recuerde que para nosotros la salud de nuestros protegidos y sus
familias es lo más importante.
El Decreto 1990 entró en vigencia desde el
06 de diciembre de 2016, unificando el pago de aportes para todas las clases de
aportantes que utilizan la PILA; con el Decreto 1670 de 2007 se
planteaban fechas para el pago de aportes al sistema de seguridad social según
tres categorías; aportantes de 200 o más cotizantes, aportantes de menos de 200
cotizantes y pequeños aportantes o independientes, lo cual quedó derogado con
el presente decreto. El Ministerio de Salud y Protección Social aclara que los
Operadores de Informacion de la PILA y las Administradoras del Sistema
General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), tendrán un plazo de tres (3)
meses para ajustar sus esquemas operativos con el fin de dar aplicación a las
disposiciones previstas en el Decreto, de acuerdo a lo anterior desde el 06 de
marzo de 2017 se implementarán las nuevas fechas para el pago de aportes, las
cuales damos a conocer a continuación:
PLAZOS PARA APORTANTES
|
|
Día hábil de vencimiento
|
dos últimos dígitos del nit o documento
de identificación
|
2°
|
00 al 07
|
3°
|
08 al 14
|
4°
|
15 al 21
|
5°
|
22 al 28
|
6°
|
29 al 35
|
7°
|
36 al 24
|
8°
|
43 al 49
|
9°
|
50 al 56
|
10°
|
57 al 63
|
11°
|
64 al 69
|
12°
|
70 al 75
|
13°
|
76 al 81
|
14°
|
82 al 87
|
15°
|
88 al 93
|
16°
|
94 al 99
|
Con el objetivo de garantizar el acceso a
la prestación de servicios de sus empleados y evitar la generación de intereses
le agradecemos realizar el pago de sus aportes al SGSSS dentro de las nuevas
fechas establecidas bajo el Decreto 1990 de 2016.
Cordialmente.
Dirección de Recaudo y
Compensación
SALUD
TOTAL EPS-S S.A
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