jueves, 2 de marzo de 2017

Unificación de fechas para el pago de aportes través de la “Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA

Este es un mensaje de SALUD TOTAL a los colombianos.
Sobre todo, a los que debemos pagar nuestra salud mes a mes.

RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1
Unificación de fechas para el pago de aportes través de la “Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA
 
Bogotá D.C, 01 Marzo de 2017

Señor (a):
Aportante

Ref: Unificación de fechas para el pago de aportes través de la “Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA de acuerdo a Decreto 1990 de 2016.  
Estimado Aportante.

Reciba un cordial saludo en nombre de Salud Total EPS-S y nuestros sinceros deseos para que todos los proyectos de su empresa se estén llevando a cabo de manera favorable en beneficio de sus colaboradores.
La importancia de un pago oportuno se ve reflejada en el acceso al servicio, por tal motivo cumplir con las fechas estipuladas para realizar los aportes de los servicios de salud de sus colaboradores a través de la “Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA”, puede garantizar salud total para su compañía, según lo estipula la normatividad vigente (Decreto 1990 de 2016), que modifica y unifica el pago oportuno de los aportes de forma integral para todas las clases de aportantes.
Para nosotros es muy importante que ustedes tengan presente las fechas límites de pago, las cuales están programadas según los últimos dos dígitos del Nit de la empresa o del documento de identificación del aportante; recuerde que para nosotros la salud de nuestros protegidos y sus familias es lo más importante.

El Decreto 1990 entró en vigencia desde el 06 de diciembre de 2016, unificando el pago de aportes para todas las clases de aportantes que utilizan la PILA; con el Decreto 1670 de 2007 se  planteaban fechas para el pago de aportes al sistema de seguridad social según tres categorías; aportantes de 200 o más cotizantes, aportantes de menos de 200 cotizantes y pequeños aportantes o independientes, lo cual quedó derogado con el presente decreto. El Ministerio de Salud y Protección Social aclara que los Operadores de Informacion de la PILA y las Administradoras del Sistema  General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), tendrán un plazo de tres (3) meses para ajustar sus esquemas operativos con el fin de dar aplicación a las disposiciones previstas en el Decreto, de acuerdo a lo anterior desde el 06 de marzo de 2017 se implementarán las nuevas fechas para el pago de aportes, las cuales damos a conocer a continuación: 
PLAZOS PARA APORTANTES
Día hábil de vencimiento
dos últimos dígitos del nit o documento de identificación
00 al 07
08 al 14
15 al 21
22 al 28
29 al 35
36 al 24
43 al 49
50 al 56
10°
57 al 63
11°
64 al 69
12°
70 al 75
13°
76 al 81
14°
82 al 87
15°
88 al 93
16°
94 al 99
  
Con el objetivo de garantizar el acceso a la prestación de servicios de sus empleados y evitar la generación de intereses le agradecemos realizar el pago de sus aportes al SGSSS dentro de las nuevas fechas establecidas bajo el Decreto 1990 de 2016.
  

Cordialmente.

Dirección de Recaudo y Compensación
SALUD TOTAL EPS-S S.A

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