viernes, 6 de octubre de 2017

Tribunal de Bogotá declara ilegal la huelga de pilotos de Avianca

Se equivocaron los líderes del sindicato de Avianca.
Y eso lo castigó el Tribunal de Bogotá, al declarar ilegal la huelga de pilotos de la aerolínea.

Ahora la compañía, tal como lo había dado a conocer días previos, está revisando hojas de vida, a ver si logra reemplazar a los huelguistas.

¿Qué va a pasar?
Los medios de comunicación y la comunidad de muchas partes del mundo estamos muy pendientes de esos movimientos.

El presidente de la Junta Directiva de Avianca, Germán Efromovich, había anticipado el cierre de esta película.

RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1

Tribunal de Bogotá declara ilegal la huelga de pilotos de Avianca
  
Avianca dijo que se están revisando las 1.800 hojas de vida que recibieron en la convocatoria hecha la semana pasada, de cara a reemplazar a los pilotos de Acdac.

06 de octubre 2017 , 04:31 p.m.


Luego de escuchar los argumentos de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles - ACDAC- y de los voceros de Avianca, el Tribunal Superior de Bogotá decidió declarar ilegal el paro de pilotos de esa aerolínea que ya completa 17 días.
 
De acuerdo con el Tribunal, la huelga  es ilegal porque no se convocó a todos los trabajadores. 

"La huelga es de vital importancia para conseguir mejores condiciones de trabajo y dignidad humana, pero debe estar precedida de un acatamiento previo", señala el Tribunal.

El magistrado de la sala laboral, Eduardo Carvajalino, indicó que "el derecho a la huelga no puede invadir el servicio público esencial".

"Por un lado están los derechos de los trabajadores, pero también están los derechos fundamentales de la comunidad", dijo.

El Tribunal tuvo en cuenta en su decisión que se han cancelado más de 3.000 vuelos.

"Se han afectado a menores de edad, abuelos y el traslado de víveres. Se ha incurrido
en gastos para cubrir los vuelos y hasta se ha tenido que reembolsar el valor de los tiquetes", indicó el fallo.

Esta decisión no falla de fondo en el sentido de si tienen derecho o no a la reclamación, pues una cosa es lo que se reclama y otro aspecto muy diferente el derecho a la huelga, de acuerdo a lo que establece la Constitución Política, que habla entre otros derechos fundamentales, el de la huelga.

Los juristas consultados hace unos días por EL TIEMPO indicaron que independientemente de la decisión que adopte hoy el tribunal, cada una de las partes podrá presentar un recursos de apelación ante la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que tendrá un plazo máximo de cinco días para resolver dicho recurso.

El caso, sin embargo, sigue en el tribunal de arbitramento conformado por particulares y convocado para buscar una solución en un conflicto colectivo de trabajo. Esta instancia tiene la responsabilidad de tomar decisiones y pronunciarse sobre la situación que les ponen a consideración, en este caso sería la huelga de pilotos.

Este tribunal es conformado por tres árbitros, de los cuales elige uno la compañía (Avianca), otro el sindicato (Acdac), y el último es elegido entre las dos partes. Si llegado el caso, no hay un acuerdo para elegir el tercer miembro, el Ministerio de Trabajo escogerá quien será, basado en una lista que envía la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.


Vale aclarar que este mecanismo solo tiene competencia para pronunciarse sobre discrepancias relacionadas al tema económico.


Esta instancia tiene un plazo de 10 días, una vez designados los árbitros, para proferir el laudo arbitral, que tiene la misma fuerza ejecutoria de una sentencia. Este puede ser definitivo, pero si alguna de las partes no impugnan deben presentar un recurso de anulación en la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Y la decisión no queda en firme hasta que el alto tribunal la resuelva.