sábado, 9 de enero de 2016

Los otros metros Por: Thierry Ways

El metro de Bogotá, qué espera tan prolongada...
Thierry Ways habla del tema.

RADAR,luisemilioradaconrado 
@radareconomico1

Los otros metros

Por: Thierry Ways
 
2016-01-09 

Desde hace años, lustros, décadas, asistimos al interminable debate sobre el metro de Bogotá. Que si lo van a hacer o no lo van a hacer; que si con estos estudios o con otros nuevos; que si será aéreo y “más cerca de las estrellas”, como la capital, o rastrero y subterráneo, como las coimas del cartel de la contratación. “Bogotá se merece su metro”, reza cierto argumento, impecablemente técnico, esgrimido con frecuencia. El alcalde entrante, al igual que sus predecesores, ha prometido construirlo, pues prometer que se va a hacer el metro es requisito para aspirar a ocupar el Palacio de Liévano.


Ya veremos. Pero la cruda verdad es que, se haga o no se haga, el metro bogotano será un fracaso. Será un fracaso si no se hace, pues la ciudad necesita con urgencia un sistema de transporte masivo adecuado a su crecimiento económico y poblacional. Pero si sí se hace, costará varias veces lo presupuestado y tomará mucho más tiempo del programado. Mientras se termina, las obras empeorarán aún más la congestión vehicular, durante años, y el endeudamiento para financiarlo será tal que nuestros bisnietos estarán pagando por un sistema de una o dos líneas que ya era obsoleto e insuficiente el mismo día de su inauguración. Bogotá llegó (pero todavía no ha llegado) irremediablemente tarde a la posibilidad de su metro, por lo que, a estas alturas, cualquier solución que se encuentre inevitablemente será subóptima.

Lo que me trae al punto de esta columna. En Colombia hay varias ciudades cuyo crecimiento exige sistemas de transporte público eficientes, antes de que su movilidad colapse. Ciudades como Cali, Bucaramanga, Barranquilla y Santa Marta, que dentro de unas décadas tendrán el tamaño y los problemas de la capital, pero que aún están a tiempo de evitar sus errores. La parálisis de esas ciudades se agravará más rápido que la de Bogotá, que tenía mucha más capacidad vial cuando explotó la compra de carros en el país. Para prevenirla, esos centros urbanos necesitan pensar desde ya en soluciones de transporte audaces y transformadoras, con capacidad de ensanche para que sigan creciendo a medida que la ciudad se expande. Tranvías, monorrieles, trenes, “transmilenios”, o una combinación de varios de ellos: todo debe considerarse, sin complejos de inferioridad de ciudad pequeña, para que no les suceda lo de Bogotá. En la era actual, el futuro de las ciudades está determinado en gran parte por la movilidad. Así lo entendió Medellín en su momento.
Los metros de París, Nueva York y Londres no se construyeron cuando esas ciudades eran las grandes urbes que son hoy, sino hace más de 100 años, cuando su población era similar a la de una ciudad como Cali o Medellín. Sus sistemas de transporte son la envidia del mundo gracias a que se comenzaron a tiempo, con una ejemplar visión de futuro que estaba por encima de las rencillas cositeras de los mandatarios de turno. Para Bogotá es demasiado tarde para tener un sistema de transporte de esas características a un costo razonable. Pero otras ciudades del país pueden evitar esa suerte si empiezan a pensar en grande desde ahora. Las ciudades no se “merecen” nada solo por existir: se merecen lo que construyen. Es el momento de comenzar a hacerlo.

@tways / ca@thierryw.net

Reforma laboral pendiente Por: César Lorduy

Reforma laboral pendiente
Por: César Lorduy
 
2016-01-09

No es mucha nuestra historia legislativa que se refiera al trabajo por cuenta ajena, pero sí ha sido una constante que todas las normas que lo han regulado lo han hecho de manera aislada, lo que hace difícil su interpretación y su cabal cumplimiento porque, incluso, algunas de ellas son a veces contradictorias e inconexas entre sí.
Así lo dijo la Comisión encargada en 1948 para que formulara un proyecto de Código sobre la materia, que quedó cristalizado en el Decreto 2663 de 1950.

Este Código recogió muchas disposiciones existentes, la mayoría producto de las Constituciones de 1886 y 1936, así como de convenios con la OIT, que regulaban aspectos como la libertad de abrazar cualquier oficio u ocupación honesta sin necesidad de pertenecer a gremio de maestros o doctores; el derecho de reunión y de asociación, y sobre pensiones de jubilación que no eran personal ni hereditaria, y que en el caso de los militares, servidores y empleados públicos debían demostrar que habían trabajado, por lo menos, durante 20 años “con inteligencia y pureza”, que carecían de medios para la subsistencia y que no habían sido sindicado de corrupto o prevaricato.
 
Igualmente, recogió disposiciones sobre accidentes de trabajo, sindicatos, arreglo directo, conciliación y arbitraje; contratación colectiva y derecho de huelga. Por cierto, esta última tiene la marca de la ciudad, ya que aquí ocurrió el 16 de febrero de 1910 la primera huelga del país contra una empresa privada, denominada ‘Los braceros de Barranquilla’.
También el Código de 1950 incluyó la protección de menores; descanso dominical obligatorio; jornada laboral de ocho horas y pago personal de sueldos y salarios a menores y mujeres, que hasta 1931 solo se le entregaba a los padres, esposos o representantes legales, y en su modificación de 1965 incluyeron la retroactividad de las cesantías, los contratos indefinidos y el monto de las tablas de indemnización, entre otras disposiciones.
 
Hemos tenido otras reformas que nos acercan a lo que se quiso corregir en 1948, tales como la flexibilización laboral (Ley 50 de 1990); la eliminación de la estabilidad reforzada respecto de los trabajadores con más de 10 años de servicio; la creación del régimen de liquidación anual de cesantías; la contratación a término fijo por períodos inferiores a un año; la redefinición conceptual del salario y los pactos de exclusión, salario integral, y la eliminación de la presunción laboral en la prestación personal del servicio cuando se trata de contratos civiles o comerciales.


Pese a estas y otras reformas –hoy se debaten más de diez en el Congreso–, algunas de las cuales en vez de crear empleo pueden causar todo lo contrario, sigue  pendiente la que ordena la Constitución de 1991, que autoriza y obliga al Legislativo – que no ha hecho la tarea y facilita la dispersión normativa – a expedir el Estatuto del Trabajo basado en unos principios mínimos fundamentales, sobre los cuales la Corte Constitucional ha desarrollado líneas jurisprudenciales que se vienen aplicando sobre el fuero de maternidad, los ajustes salariales, los trabajadores sindicalizados, disminuidos, etc., dando origen a lo que hoy llamamos la Constitucionalización del derecho laboral.

@clorduy - Clorduym@gmail.com