martes, 29 de marzo de 2016

19.000 Comerciantes ya han renovado su Matrícula Mercantil

Los comerciantes están renovando su Matrícula Mercantil en Barranquilla y en otras sedes del Departamento del Atlántico.
Mañana 30 y el jueves 31 seguro empezarán las correndillas para cumplir con las normas mercantiles.

RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1

Este jueves 31 de marzo vence el plazo:



19.000 Comerciantes ya han renovado su
Matrícula Mercantil

 

 

·       De un total de 56 mil comerciantes, ya han renovado  más de 19mil de ellos.

·       El plazo para renovar la matrícula mercantil vence este 31 de marzo, para evitar sanciones de la Superintendencia de Industria y Comercio.

·       Es posible hacer renovación por internet, así como  en bancos aliados

  
Barranquilla D.E.I.P.,  marzo 29  de 2016. Más de 19mil comerciantes  ya han renovado la matrícula mercantil, de un total de 56 mil, que deben cumplir con este deber legal, y evitar así, sanciones de la Superintendencia de Industria y Comercio.  Así lo anunció esta mañana, la Cámara de Comercio de Barranquilla, CCB, que recordó que el plazo para renovar vence este jueves,  31 de marzo.  

La Cámara de Comercio recordó que también vence el plazo para renovar los registros para  entidades sin ánimo de lucro, empresas del sector turismo y el registro nacional para operadores de libranzas -RUNEOL-.

 

La Cámara de Comercio de Barranquilla ha dispuesto este año nuevos canales para hacer efectiva la renovación, explicando en primer lugar la opción de liquidar y pagar por la página web de la Entidad. El trámite es seguro y amigable.  
Otro mecanismo es  el pago en bancos aliados como son: Bancolombia y Banco de Bogotá. 


“Es importante destacar que  con la renovación mercantil,  los comerciantes obtienen beneficios como son: el acceso a créditos, posibilidad de participar en convocatorias públicas y privadas, mantener la calidad de comerciante formal y  la seguridad de que sus datos están actualizados en el registro mercantil; recordemos que estas bases de datos son consultadas por inversionistas y otras empresas que buscan proveedores y nuevos clientes, lo que amplía la posibilidad de negocios para el comerciante” afirmó  María José Vengoechea Devis, Presidenta Ejecutiva de la CCB.   

Sobre otros registros

 

Otros registros cuyo plazo vence también el jueves 31, es el registro de entidades sin ánimo de lucro,  empresas del sector turismo  y el registro nacional para operadores de libranzas -RUNEOL-. Sobre el registro de turismo,  es necesario ingresar  a la página web del Registro Único Empresarial y Social -RUES- www.rues.org.co seleccionando la Cámara de Comercio correspondiente del domicilio en el cual desarrolla su actividad comercial y lea detenidamente el "Instructivo de Actualización".



La omisión de la obligación de la actualización anual del Registro Nacional de Turismo  acarreará pagar un valor consistente de un (1) salario mínimo legal mensual vigente, la suspensión del mismo y el cierre temporal de su establecimiento de comercio. Durante el tiempo de suspensión del Registro Nacional de Turismo, el prestador de servicios turísticos no podrá ejercer la actividad, hasta tanto demuestre que ha cumplido con la actualización y pagado dicho valor al Fondo Nacional de Turismo, de conformidad con los parágrafos 4, 5 y 6 del artículo 33 de la Ley 1558 de 2012.


Lo que dice la Superintendencia de Industria y Comercio

 

En días pasados, la oficina de prensa de la SIC emitió un comunicado donde explicó  que el  Gobierno Nacional expidió el  11 de julio de 2014, la Ley 1727, mediante la cual se reformó el Código de Comercio y se dictaron otras disposiciones, entre ellas, la de ordenar a las Cámaras de Comercio, que en abril de cada año, reporten ante la Superintendencia de Industria y Comercio el listado de los comerciantes que incumplieron con su deber legal de renovar la matrícula mercantil, con el fin de que la Entidad pueda adelantar las respectivas investigaciones administrativas e imponer las sanciones a que haya lugar.

 

Indicó el Superintendente, que los  comerciantes que no cumplan con esta obligación podrán ser sancionados por la Superintendencia de Industria y Comercio con multas de hasta diecisiete salarios mínimos, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 2153 de 1992.



En este orden de ideas, la Superintendencia de Industria y Comercio hace un llamado especial e invita a los comerciantes, para que antes del 31 de marzo de 2016, se pongan al día con su obligación legal de renovar su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio, y así evitar las respectivas sanciones.

 


 

Más información: Marcela Blanco Medina

Jefe de Formalización

Celular: 3015255884
 

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