lunes, 27 de octubre de 2014

Diciembre 4. Elecciones de Junta Directiva y Revisor Fiscal 2014-2018

La Cámara de Comercio de Barranquilla se prepara para las elecciones de Junta Directiva. Serán el 4 de diciembre de 2014.
Ese mismo día, se elegirá el Revisor Fiscal.

RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1
Pd: vaya a la Página de la entidad y encontrará toda la información. LuisE
Elecciones de Junta Directiva y Revisor Fiscal 2014-2018

 
La Presidenta Ejecutiva de la Cámara de Comercio de Barranquilla informa que el jueves 4 de diciembre de 2014 entre las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y las cuatro de la tarde (4:00 p.m.), se realizarán las elecciones de miembros de la Junta Directiva de la Entidad para el período 2014 - 2018 por afiliados. Ver más info y base de datos afiliados el proceso electoral, aquí.


Elecciones Junta Directiva y Revisor Fiscal 2014-2018

La Presidenta Ejecutiva de la Cámara de Comercio de Barranquilla informa que de conformidad con lo señalado en los artículos 25, 27 y 28 de la Ley 1727 de 2014, y los artículos 25 y 46 del Decreto reglamentario No. 2042 de 2014, esta Entidad llevó a cabo la integración del censo electoral para las elecciones de Junta Directiva 2014-2018.
A partir de la publicación de esta base de datos, el afiliado que no figure en ella, y considere tener derecho a formar parte de la misma, podrá dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a esta publicación, acreditar que cumple los requisitos para integrar el censo electoral, dirigiendo su solicitud ante la Secretaría General de la Cámara de Comercio de Barranquilla ubicada en la Vía 40 # 36 - 135, Edificio Estación Montoya - Antigua Aduana.



No obstante lo anterior, y de conformidad con en el artículo 28 de la ley 1727 de 2014, la Cámara de Comercio de Barranquilla tiene la facultad de depurar esta base de datos hasta el 31 de octubre de 2014, fecha en la cual se publicará el censo electoral definitivo.

Si usted tiene alguna inquietud o comentario respecto a la información publicada en el Censo, puede comunicarse al correo electrónico: ljuliao@camarabaq.org.co o al teléfono 3303718, Dirección: Vía 40 # 36 - 135, Edificio Estación Montoya - Antigua Aduana.
Nota: Los anteriores datos han sido extraídos del sistema de registros públicos administrado y operado por esta cámara de comercio; su tratamiento se hace en virtud de las disposiciones contenidas en la Ley 1727 de 2014 y el Decreto 2042 de 2014, que regula el proceso electoral de las juntas directivas y revisor fiscal de las cámaras de comercio. En tal sentido la publicación, consulta y descarga tienen como finalidad la de informar acerca del censo electoral establecido para las elecciones del próximo 4 de diciembre de 2014. Se prohíbe la circulación o el uso no autorizado en la ley o que cause perjuicio a las personas titulares de los datos personales en ésta contenidos.


Cartilla ABC Elecciones Junta Directiva
Aspectos importantes que todo comerciante debe conocer acerca de las elecciones de Junta Directiva de la Cámara de Comercio. Así mismo incluye los modelos o formatos de inscripción de listas y de carta de aceptación de los candidatos a Junta Directiva.
Descargue el archivo, aquí.


 Información sobre Elección de Junta Directiva 

1. Para el periodo 2014-2018 se elegirán ocho (8) miembros principales con sus correspondientes suplentes personales.


2. Podrán ser elegidos miembros de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Barranquilla, las personas naturales y jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
a. Ser ciudadano colombiano en ejercicio de los derechos políticos.
b. Haber ostentado ininterrumpidamente la calidad de afiliados, durante los dos (2) años calendario anteriores al 31 de marzo de 2014 y conservar esta calidad a la fecha de la elección.
c. Haber renovado oportunamente la matrícula mercantil durante el periodo antes señalado.
d. No haber sido sancionado por ninguno de los delitos señalados en el artículo 16 del Código de Comercio.
e. Estar domiciliado en la respectiva circunscripción de la Cámara de Comercio.
f. Ser persona de reconocida honorabilidad.
g. No estar incurso en las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en el artículo 9 de la Ley 1727 de 2014.


3. Las listas de candidatos se inscribirán durante la segunda quincena del mes de octubre de 2014 (del 15 al 31 de octubre), ante la Secretaría General de la Cámara de Comercio de Barranquilla, ubicada en la Vía 40 No. 36 - 135. 


4. La inscripción se podrá efectuar por uno o varios comerciantes con matrícula vigente al 31 de marzo de 2014 o por uno o varios de los candidatos postulados.


5. En la inscripción de las listas se deberán observar las siguientes reglas:
• Las listas deberán contener uno o varios renglones, como máximo tantos renglones como miembros de junta directiva a elegir.
• Cada renglón debe tener principal y suplente.
• Tanto el principal como el suplente deben cumplir la totalidad de los requisitos para participar en las elecciones.
• Cuando el candidato sea persona natural debe identificarse con el nombre completo y la cédula de ciudadanía.
• La persona jurídica con su razón social y el NIT.
• Si es una sucursal de sociedad, el nombre completo que figura en el registro mercantil y el nombre e identificación de su representante legal.
• No se requiere la presentación personal de los candidatos que integran la lista.


6. Los representantes legales de las personas que aspiren a la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Barranquilla deben cumplir los mismos requisitos para ser afiliados salvo el de ser comerciantes.


7. Las listas inscritas podrán ser modificadas hasta el 31 de octubre de 2014, para lo cual se requiere que la solicitud de cambios sea presentada por las personas que realizaron la inscripción inicial. 


8. Al momento de la inscripción deberá identificarse la calidad bajo la cual se inscriben, bien sea como persona natural o jurídica.


9. Deberá adjuntarse escrito en el cual conste su aceptación y se expresará bajo la gravedad del juramento, que cumplen con los requisitos del artículo 85 del Código de Comercio y no se encuentran incursos en causal de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en el artículo 9 de la Ley 1727 de 2014.

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