domingo, 9 de julio de 2017

Los seis impuestos que se deben pagar en julio según la Dian

Si un país no recibe los impuestos de los ciudadanos no funcionaría.
¿Pagamos mucho o poco los colombianos, cuando se habla de impuestos?

Algunos analistas piensan que son muchos.

Otros comentan que hay naciones que aportan más.

Es bueno analizar ese tema. Arranquemos con los seis (6) impuestos que se deben pagar en julio.

RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1
 

Según la entidad, entre los tributos se destacan Retención en la Fuente del mes de junio; IVA Bimestral, Impuesto al Consumo, Precios de Transferencia, Impuesto al Carbono e Impuesto a la Gasolina y al ACPM.

Jhon Guzmán Pinilla - jguzman@larepublica.com.co

De acuerdo con el calendario tributario de la Dian, este mes hay seis impuestos pendientes que deben pagar los contribuyentes en los plazos establecidos, los cuales comienzan desde el próximo 11 de julio y finalizan el 25 del mismo mes.

Según la entidad, entre los tributos se destacan Retención en la Fuente del mes de junio; IVA Bimestral, Impuesto al Consumo, Precios de Transferencia, Impuesto al Carbono e Impuesto a la Gasolina y al ACPM.

En el caso de la declaración mensual de Retención en la Fuente, los agentes de retención de los impuestos sobre la renta y complementarios, de timbre, y sobre las ventas, así como los autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementario, deberán declarar y pagar las retenciones y autorretenciones efectuadas en el mes de junio.

Para la declaración y pago bimestral del IVA, son responsables de este impuesto los grandes contribuyentes y las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2016, hayan sido iguales o superiores a $2.737.276.000 (92.000 UVT),  y por tanto, los obligados deberán cancelar el periodo mayo – junio.

 
En cuanto a la declaración y pago bimestral del Impuesto Nacional al Consumo, los responsables de este impuesto deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al bimestre mayo – junio.


La declaración informativa de precios de transferencia por el año gravable 2016, deberán presentar esta declaración los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y Complementarios obligados a la aplicación de las normas que regulan el régimen de precios de transferencia, que celebren operaciones con vinculados, conforme con lo establecido en los artículos 260-1 y 260-2 del Estatuto Tributario, o con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales.
 
Para esta declaración informativa se presentará en forma virtual a través de los Servicios Informáticos Electrónicos de Dian.
En el impuesto Nacional al Carbono, los responsables de este impuesto deberán declarar y pagar el bimestre mayo – junio el día 21 de julio de 2017.

 
Y en la declaración mensual del Impuesto Nacional a la Gasolina y al Acpm, los responsables del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM deberán declarar y pagar el impuesto correspondiente al período junio de 2017, el día 21 del presente mes.

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