miércoles, 3 de abril de 2013

CELULARES. Desde abril 2013 recargas en prepago se extienden a 60 dias



Nuestra amiga y colega, Amilde Frías Rincón, desde Bogotá nos informa:


Desde ayer 1º. de abril, recargas en prepago se extienden a 60 días
Las tarifas durante la vigencia de la recarga no pueden modificarse, excepto cuando disminuyan en beneficio del usuario

Bogotá D.C, abril 2 de 2013

A partir del 1º de abril, las recargas móviles en prepago tienen una duración de, al menos, 60 días calendario, contados a partir de su activación, independiente de su monto o valor. Los saldos que no se consuman pueden ser transferidos a una tarjeta y/o recarga que adquiera el usuario, en un plazo de al menos 30 días adicionales a partir del vencimiento de dicha vigencia, sin que ello implique costo adicional.

Es importante destacar que las tarifas aplicables al momento de la adquisición de la tarjeta y/o recarga no pueden modificarse, excepto en los casos en que las mismas se reduzcan o disminuyan para beneficio del usuario.

Lo anterior, gracias a la modificación realizada por la CRC al Régimen Integral de Protección de los Derechos de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones al expedir la Resolución 4040 de 2012 “Por la cual se modifican los artículos 69, 70, 72 y 73 de la Resolución CRC 3066 de 2011”.
En esta Resolución se obliga a los proveedores móviles y de acceso a internet a mejorar la información que se entrega a los usuarios cuando éstos adquieran y activen una tarjeta y/o recarga en prepago, como:
-       Suministrar información sobre las tarifas aplicables al servicio que se presta en modalidad prepago.
-       Informar claramente el saldo en dinero disponible y la vigencia del mismo, mediante un mensaje de voz y/o de texto gratuito, así como las tarifas aplicables a consumos de voz para las llamadas al mismo operador y a otro operador, llamadas a teléfonos fijos, envío de mensajes de texto, la capacidad adquirida de consumo en el servicio de datos y la tarifa aplicable.

-       Indicar la dirección del sitio web donde el usuario puede encontrar los valores de las llamadas internacionales y llamadas a números con tarifas especiales.
-       Informar al usuario, un día antes, el vencimiento de la recarga mediante un mensaje de voz y/o de texto.
-       Disponer de manera permanente en la página de inicio del sitio web del proveedor en una ubicación visible para los usuarios, un enlace mediante el cual éstos puedan acceder al contenido de las condiciones de vigencia de las recargas. Esta información debe estar actualizada y disponible para su consulta.
-       Indicar en las tarjetas impresas o a través del mismo medio en que se provean las tarjetas electrónicas el valor de las mismas, la vigencia, la fecha de expedición y expiración.

AMILDE FRÍAS RINCÓN
Asesora de Prensa
Comisión de Regulación de Comunicaciones
Calle 59A Bis No. 5-53 Piso 9 Edificio Link 7 Sesenta
Código Postal: 110221
Bogotá D.C., Colombia
Teléfono +57(1) 3198300. Ext. 8332

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