El contrabando y la evasión están también en
la lista.
Así como los morosos deben atentos y cumplir
con los requerimientos de la entidad, lo deberán hacer los contrabandistas y
los evasores…
Tremendas tareas de estos funcionarios.
En el RADAR les contaremos…
Les adelanto que, algunos empresarios nos han
comentado que, en estas labores, los chicos de la DIAN no son muy atentos. Al contrario,
tratan super mal a los empresarios (sean contrabandistas o no), y ni siquiera se
disculpan, al no reportarse ninguna anomalía… Eso no es bueno para el sector
comercial.
RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1
El Contrabando y la Evasión
están en la lista de la DIAN
Con el propósito de proteger la industria
nacional, evitar la competencia desleal, y demás acciones que desestimen el
contrabando en el país, la DIAN ha programado 78 visitas a
establecimientos de comercio ubicados en seis principales ciudades del país, a
fin de verificar la legal introducción y permanencia de mercancías de
procedencia extranjera en el territorio aduanero nacional.
En estas verificaciones, se comprobará el
cumplimiento de la normatividad aduanera vigente, como son: formalidades,
requisitos, vistos buenos, etiquetado; así como, además de confrontar los
productos con las declaraciones aduaneras que amparan la importación de
confecciones, textiles, calzado, juguetería, entre otros.
En lo referente al control a la evasión, los
auditores de fiscalización tributaria de 30 Direcciones Seccionales realizarán
acciones de control a responsables del Impuesto sobre las Ventas de las
actividades económicas 4663 “Comercio al por mayor de materiales de
construcción, artículos de ferretería, pinturas, productos de vidrio, equipo y
materiales de fontanería y calefacción” y 8299 “Otras actividades de servicio
de apoyo a las empresas n.c.p.” Estos controles hacen parte de la Estrategia
General de Control al IVA para el año 2017 y buscan, a través de la
verificación de las obligaciones de facturar, de registrar y declarar los
ingresos, mejorar los niveles de tributación en algunas actividades económicas
que, de acuerdo con los estudios realizados por la entidad, presentan las
mayores brechas en cuanto al comportamiento de sus tributos.
Para ello, durante la semana se practicarán
alrededor de 260 visitas, al mismo número de establecimientos de comercio, en
las que los auditores realizarán durante toda la jornada un control puntual a
cada una de las operaciones de compraventa realizadas por el contribuyente, con
el fin de garantizar que todas las transacciones económicas sean debidamente
facturadas y que los ingresos obtenidos sean debidamente contabilizados y
posteriormente declarados.
Nuevo llamado a
80.000 agentes retenedores
De otro lado, la DIAN reiteró a los Agentes
Retenedores que no han cumplido con el deber de consignar lo retenido en las
declaraciones presentadas sin pago o con pago parcial hasta el 30 de noviembre
de 2016, que están a tiempo de acogerse al beneficio establecido en el art. 272
de la Ley 1819 de 2016, ahorrándose sanciones e intereses.
Son casi 80.000 agentes retenedores los que
tienen 185.780 declaraciones sin pago o con pago parcial y sin efecto legal
alguno, por valor de $633.484 millones.
El beneficio contemplado en la Ley 1819 de
2016 para estos Agentes, consiste en que, hasta el 29 de abril, vuelvan a
presentar y pagar, si es el caso, sus declaraciones ahorrándose el 100% de la
sanción de extemporaneidad y de los intereses de mora.
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