Los comerciantes están renovando su Matrícula Mercantil en Barranquilla y en otras sedes del Departamento del Atlántico.
Mañana 30 y el jueves 31 seguro empezarán las correndillas para cumplir con las normas mercantiles.
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Este jueves 31 de marzo vence el plazo:
 
19.000 Comerciantes ya han renovado su
Matrícula Mercantil
 
  
 
  
 
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De un total de 56 mil comerciantes, ya han renovado
 más de 19mil de ellos.
 
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El
 plazo para renovar la matrícula mercantil vence este 31 de marzo, para 
evitar sanciones de la Superintendencia de Industria y Comercio.
 
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Es posible hacer renovación por internet, así como 
 en bancos aliados
 
   
Barranquilla D.E.I.P.,  marzo 29  de 2016. Más
 de 19mil comerciantes  ya han renovado la matrícula mercantil, de un 
total de 56 mil, que deben cumplir con este deber legal, y evitar así, 
sanciones de la Superintendencia de Industria y Comercio.  Así lo 
anunció esta mañana, la Cámara de Comercio de Barranquilla,
 CCB, que recordó que el plazo para renovar vence este jueves,  31 de 
marzo.  
La Cámara de Comercio recordó que también vence el plazo para 
renovar los registros para  entidades sin ánimo de lucro, empresas del 
sector turismo y el registro nacional para operadores
 de libranzas -RUNEOL-.
 
  
 
La Cámara de Comercio de Barranquilla
 ha dispuesto este año nuevos canales para hacer efectiva la renovación,
 explicando en primer lugar la opción de liquidar y pagar por la página 
web de la Entidad. El trámite es seguro y amigable.  
Otro mecanismo es 
 el pago en bancos aliados como son: Bancolombia
 y Banco de Bogotá.  
 
“Es
 importante destacar que  con la renovación mercantil,  los comerciantes
 obtienen beneficios como son: el acceso a créditos, posibilidad
 de participar en convocatorias públicas y privadas, mantener la calidad
 de comerciante formal y  la seguridad de que sus datos están 
actualizados en el registro mercantil; recordemos que estas bases de 
datos son consultadas por inversionistas y otras empresas
 que buscan proveedores y nuevos clientes, lo que amplía la posibilidad 
de negocios para el comerciante” afirmó  María José Vengoechea Devis, 
Presidenta Ejecutiva de la CCB.   
 
Sobre otros registros
 
  
 
Otros registros cuyo plazo vence también el jueves 31, es el registro de entidades sin ánimo de lucro,  empresas
 del sector turismo  y el registro nacional para operadores de libranzas -RUNEOL-. Sobre el registro de turismo, 
 es necesario ingresar  a la
 página web del Registro Único Empresarial y Social -RUES- www.rues.org.co
 seleccionando la Cámara de Comercio correspondiente del domicilio en el
 cual desarrolla su actividad comercial y lea detenidamente el 
"Instructivo de Actualización". 
 
 

 
 
La omisión de la obligación de la actualización anual del Registro Nacional de Turismo
 acarreará
 pagar un valor consistente de un (1) salario mínimo legal mensual 
vigente, la suspensión del mismo y el cierre temporal
 de su establecimiento de comercio. Durante el tiempo de suspensión del 
Registro Nacional de Turismo, el prestador de servicios turísticos no 
podrá ejercer la actividad, hasta tanto demuestre que ha cumplido con la
 actualización y pagado dicho valor al Fondo
 Nacional de Turismo, de conformidad con los parágrafos 4, 5 y 6 del 
artículo 33 de la Ley 1558 de 2012.
 
 
Lo que dice la Superintendencia de Industria y Comercio 
 
  
 
En
 días pasados, la oficina de prensa de la SIC emitió un comunicado donde
 explicó  que el  Gobierno Nacional expidió el  11 de julio
 de 2014, la Ley 1727, mediante la cual se reformó el Código de Comercio
 y se dictaron otras disposiciones, entre ellas, la de ordenar a las 
Cámaras de Comercio, que en abril de cada año, reporten ante la 
Superintendencia de Industria y Comercio el listado
 de los comerciantes que incumplieron con su deber legal de renovar la 
matrícula mercantil, con el fin de que la Entidad pueda adelantar las 
respectivas investigaciones administrativas e imponer las sanciones a 
que haya lugar.
 
  
 
Indicó
 el Superintendente, que los  comerciantes que no cumplan con esta 
obligación podrán ser sancionados por la Superintendencia de
 Industria y Comercio con multas de hasta diecisiete salarios mínimos, 
de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 11 del Decreto 
2153 de 1992.
 
 
En
 este orden de ideas, la Superintendencia de Industria y Comercio hace 
un llamado especial e invita a los comerciantes, para que antes
 del 31 de marzo de 2016, se pongan al día con su obligación legal de 
renovar su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio,
 y así evitar las respectivas sanciones.
 
  
 
 
 
  
 
Más información: Marcela Blanco Medina
 
Jefe de Formalización
 
Celular: 3015255884