Colombia quiere ordenar el mercado. Y pretende que
los productos extranjeros respeten la legislación nacional, teniendo en cuenta
que el español es el idioma en el que nos entendemos en esta nación.
El consumidor no podrá entender las
especificaciones que están en un producto, si este está presentado en chino.
Igual, si lo presentan en alemán, francés o cualquier otro idioma que no sea el
castellano.
La iniciativa es buena y protegerá al consumidor
nacional.
Las multas vendrán a tutiplén.
Aquí están los datos, conocidos aquí en el Congreso
Nacional de Andesco.
RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1
En el XVI Congreso de Andesco en Cartagena
Superindustria: productos extranjeros deben cumplir
con información a consumidores
-Abren pliego de cargos
contra varios almacenes que venden artículos extranjeros sin las
especificaciones de ley
El Superintendente de Industria y Comercio, Pablo
Felipe Robledo, llamó la atención de los almacenes y comercializadores de
productos importados que no cumplen las especificaciones que por ley deben
tener en su presentación para los consumidores.
En su intervención en el XVI Congreso de Andesco
que se realiza en Cartagena, Robledo indicó que “existe la obligación de que
todos los alimentos que estén en el mercado cumplan con una información mínima
para que el consumidor cuando los adquiere obtenga la información sobre su
contenido nutricional y la información clara sobre su fecha de vencimiento”.
El jefe supervisor señaló que “los productos que
circulan en el territorio nacional tienen que tener esa información mínima en
español y no en otro idioma, a excepción de los que se venden en San Andrés
Islas, donde se habla español e inglés.
Así, los productos deben ser etiquetados y
rotulados en el idioma oficial”.
Sin embargo, el Superintendente de Industria y
Comercio dijo que a algunas empresas ya se les ha abierto pliego de cargos al
no respetar estas medidas.
“A varias empresas se les ha advertido sobre los
productos que están llegando en esa condición y por eso se les ha abierto
pliego de cargos a las empresas Ara o Jerónimo Martins, Cencosud,
Comercializadora Seúl y otras, donde se ha comprobado que han colocado
artículos en el comercio que no cuentan con la protección mínima”, sostuvo
Robledo.
Asimismo, señaló que estas medidas van a favorecer
a las empresas nacionales exportadoras de productos que en otros países sí les
exigen cumplir con la normatividad comercial para proteger a los consumidores.
El superintendente Pablo Felipe
Robledo que en los diferentes recorridos que la Superindustria ha realizado por
el país tanto en Bogotá, Barranquilla, Cali, Bucaramanga, Cúcuta, Pereira y
otras, “hemos proferido los pliegos de cargos, pero hasta el momento no hay
ninguna empresa sancionada hasta que presenten sus descargos y luego
decidiremos las sanciones correspondientes”.
Sin embargo, el funcionario precisó que el llamado
a los comercializadores de este tipo de productos es que “deben eliminar
esas prácticas ilegales con productos extranjeros, sobre todo, para la
protección de los consumidores”.
Advirtió que en caso
de que el proceso termine declarando que existió violación del Estatuto del
Consumidor, la Superintendencia de Industria y Comercio, de conformidad con lo establecido en
el artículo 61 de la Ley 1480 de 2011, puede imponer por cada
infracción, sanciones de hasta $1.232 millones equivalentes a 2.000
salarios mínimos vigentes mensuales, pero en el caso de empresas que
comercializan hasta diez productos, las multas podrían llegar hasta $12.000
millones.
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