jueves, 26 de enero de 2012

Carnaval: alcaldía reglamentó ocupación del espacio público

Barranquilla y sus carnavales.
El gobierno local reglamenta la ocupación del espacio público.

luisemilioradaconrado
 Para eventos diferentes a los de la Vía 40
Barranquilla: Alcaldía reglamentó ocupación de espacio público para desfiles de Carnaval
Con la expedición de la Resolución No. 006 del 23 de enero de 2012, la Secretaría de Control Urbano y Espacio Público reglamentó la ocupación del espacio público durante los desfiles de pre Carnaval y durante los cuatro días oficiales de las fiestas, diferentes a los eventos que se realizan en la Vía 40. 
El documento autoriza la colocación de sillas en el espacio público existente entre la línea de propiedad y la línea de bordillo de los inmuebles y parte de la calzada aledaña al recorrido de los diferentes eventos, dejando un espacio de un metro y medio en la parte posterior para la circulación de los peatones.  Las bocacalles deben permanecer completamente desocupadas para evacuación y ubicación de equipos de emergencia.

Diana María Amaya Gil, Secretaria de Control Urbano y Espacio Público, informó que el cupo de sillas por persona es de 20 y que tiene prelación para la ubicación de sillas el propietario del inmueble o la persona que esté ejerciendo la tenencia o cualquier otro derecho a nombre de este. 
“El permiso para la ocupación temporal del espacio público deberá ser solicitado ante esta dependencia, siendo el otorgamiento personal y deberá cumplir con los siguientes requisitos: carta de solicitud, fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante y dirección de domicilio, RUT (para personas naturales o jurídicas), recibo oficial del pago, póliza de responsabilidad civil o pagaré en blanco autenticado ante notaría, ubicación y número de sillas, y copia del certificado de tradición o recibo de servicios públicos”, precisó la funcionaria.

Esta reglamentación es de obligatorio cumplimiento. Su incumplimiento acarrea el retiro del permiso sin que hubiese compromiso de  devolución de dineros y la consecuente sanción a la que hubiere lugar, así como el decomiso de los elementos que se encuentren invadiendo el espacio público.
Relacionamos a continuación los valores correspondientes a cada uno de los desfiles:


EVENTO
CUPO DE SILLAS POR PERSONA
VALOR DEL IMPUESTO POR CADA SILLA
COBRO AL PÚBLICO POR SILLA
SE RECIBEN
FORMULARIOS HASTA
Gran Danza del Garabato
(28 de enero)
20
$2.200,oo
$10.000,oo
Enero 26
Guacherna Esthercita Forero
(10 de Febrero)
20
$2.200,oo
$10.000,oo
Febrero 2
Desfile de Faroles y Tambores
(11 de Febrero)
20
$1.100,oo
$5.000,oo
Febrero 9
Gran Cumbiamba Italiana (11 de febrero)
20
$1.100,oo
$5.000,oo
Febrero 9
Guacherna Gay y Coronación de los Reyes 2012
(11 de febrero)
20
$1.100,oo
$5.000,oo
Febrero 9
Desfile del Carnaval de los Niños
 (12 de Febrero)
20
$2.200.oo
$10.000,oo
Febrero 9
Batalla de Flores del Recuerdo
(18 de febrero)
20
$1.100
$5.000,oo
Febrero 15
Batalla de Flores de la 17
(18 de febrero)
20
$500
$3.000,oo
Febrero 15
Carnaval de la 84
(21 de febrero)
20
$2.200
$10.000,oo
Febrero 15

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