Escrito   por CNM      |   
Para   determinar los objetivos y las metodologías de la investigación es necesario   precisar a partir del marco ético – político del Proyecto C.N.M. qué se   entiende por Crimen de Lesa Humanidad, pues sólo a partir de este   concepto pueden plantearse objetivos para una investigación sobre C.L.H., la   delimitación de su campo particular de trabajo y la definición de su método.    El proyecto Colombia Nunca Más ha venido definiendo este tipo de crímenes como actos inhumanos cometidos contra la población civil por motivos sociales, políticos, raciales, religiosos o culturales. Se trata de crímenes de especial gravedad, puesto que atentan contra la especie humana (El término “Lesa” viene del latín “laesae”, que corresponde al participio presente, en voz pasiva, del verbo “Laedo”, que significa: herir, injuriar, causar daño. De allí   las expresiones latinas: “laesae maiestatis” (de lesa majestad), “laesae   humanitatis” (de lesa humanidad) que literalmente se traducen: (crimen) de   majestad injuriada, o de humanidad injuriada (o herida o lesionada)) [1]. Así pues, Los   Crímenes de Lesa Humanidad  (Son) los   actos inhumanos, tales como el asesinato, el exterminio, la esclavitud, la   deportación o las persecuciones contra cualquier población civil por motivos   sociales, políticos, raciales, religiosos o culturales, perpetrados por las   autoridades de un Estado o por particulares que actúen por instigación   de dichas autoridades o con su tolerancia. [2] En el   proyecto hemos asumido, pues, la categoría de CRIMEN DE LESA HUMANIDAD de   acuerdo a la conceptualización más clásica, que encontramos más convincente   por lo bien fundamentada, consistente y coherente, que para los efectos la   identifica como CRIMEN DE ESTADO, rechazando las concesiones que se han hecho   en instancias internacionales a la ideología neoliberal. El sentido de la expresión “de lesa humanidad”, apunta a subrayar la gravedad del crimen, revelando que no se afrenta a un individuo sino a la especie humana como tal. Según el Relator Especial de Proyecto del Código, podría concebirse en el triple sentido: de crueldad para con la existencia humana; de envilecimiento de la dignidad humana; de destrucción de la cultura humana. Comprendido   dentro de éstas tres acepciones, el crimen de lesa humanidad se convierte   sencillamente en ´crimen contra todo el género humano´. [3] Los   Crímenes de Lesa Humanidad se diferencian de otros crímenes principalmente   porque reúnen cuatro características:  1.     Son actos GENERALIZADOS. 2.     Son actos SISTEMATICOS. 3.     Son perpetrados por las autoridades de un Estado o por particulares que   actúan por instigación de dichas autoridades o con su tolerancia, ayuda o   complicidad. 4.     Están dirigidos contra la población civil por motivos sociales,   políticos, económicos, raciales, religiosos o culturales.  Cuando se   dice GENERALIZADOS se quiere destacar que se trata de crímenes que se cometen   contra una gran cantidad de víctimas, ya sea por la cantidad de crímenes o   por un crimen con muchas víctimas. Cuando se dice SISTEMATICOS, se quiere   decir que son crímenes que se realizan con arreglo a un plan o política   preconcebida que permite la realización repetida o continuada de dichos actos   inhumanos. Es indispensable que el sujeto activo del crimen sea bien un   agente estatal o particular que trabaja para el Estado o que actúa con su   apoyo, anuencia o tolerancia, lo que en nuestro contexto se ha denominado   grupos paramilitares y escuadrones de la muerte. Finalmente es determinante   la motivación del crimen, pues es este elemento el que permite comprender el   sentido mismo del C.L.H., al enmarcarlo dentro de un contexto social,   político, económico y cultural determinado. Estos elementos son los que permiten diferenciar el C.L.H. de otros crímenes como lo son las violaciones a los Derechos Humanos y los Abusos de Autoridad, sienDo estos crímenes que comparten algunas de las características de los C.L.H. peno que no las reúnen todas. En este sentido es importante para la investigación determinar el campo de estudio a partir del concepto de C.L.H., lo cual impone la tarea de demostrar y argumentar tres dimensiones básicas: lo generalizado, lo sistemático de su comisión y, la responsabilidad del Estado Colombiano a través de la acción u omisión de sus instituciones y agentes legales e ilegales. En este sentido algunos interrogantes que debe abordar el Proyecto son: 
  Notas al Pie:  [1]   Colombia Nunca Mas Crímenes de Lesa Humanidad. Pág. 89. [2] Documentos oficiales de la Asamblea General, noveno periodo de sesiones. Suplemente No. 9 (A/2693 y Corr. 1) Pág. 10-11. Citado en Colombia Nunca Mas Crímenes de Lesa Humanidad. Pág. 84. [3] Doc. A/CN. 4/398*, 11 de marzo de 1986, No. 12. Citado en Colombia Nunca Mas Crímenes de Lesa Humanidad. Pág. 89.  |   
sábado, 23 de abril de 2011
Qué entendemos por Crímenes de Lesa Humanidad... es bueno aprenderlo
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