Sería bueno conocer un caso… “los mandatarios pueden girar recursos a
estos comercializadores para reducir la tarifa de los usuarios que determine
cada administración. Los usuarios podrán tener el beneficio, en la medida
que los alcaldes asuman el pago a los prestadores. Esto, en cumplimiento
del marco constitucional y legal que establece que en el país los servicios
públicos no tienen carácter gratuito”.
RADAR,luisemilioradaconrado
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Alcaldes
pueden asumir costo de servicios de energía y gas de población
vulnerable, reconociendo el pago a los prestadores: Superservicios
Bogotá D.C., 14 de abril de 2020. La Superintendencia de Servicios
Públicos Domiciliarios, en desarrollo de las directrices impartidas por el
Gobierno Nacional mediante el Decreto Legislativo 517 del 4 de abril del 2020,
da una serie de orientaciones a los alcaldes del país que decidan asumir el
pago de la prestación de los servicios de energía eléctrica y gas combustible a
la población más vulnerable.
En la Circular Externa 20201000000174 del 13 de abril de 2020, la
Superservicios informa a los mandatarios locales que pueden hacer uso de las
herramientas legales que les permiten gestionar recursos para asegurar la
continuidad en la prestación de estos servicios, y asumir el pago total o
parcial de los usuarios, mientras permanezca vigente la emergencia económica,
social y ecológica que vive el país.
De acuerdo con las medidas establecidas en el Decreto 517, la
superintendente Natasha Avendaño García indicó que: “El gobierno abrió a los
alcaldes la posibilidad de apoyar a sus poblaciones más vulnerables a través de
mecanismos que garanticen el suministro de los servicios de energía eléctrica y
gas a los usuarios, sin afectar la estabilidad de las empresas prestadoras. En
tal sentido, los mandatarios pueden girar recursos a estos comercializadores
para reducir la tarifa de los usuarios que determine cada administración. Los
usuarios podrán tener el beneficio, en la medida que los alcaldes asuman el
pago a los prestadores. Esto, en cumplimiento del marco constitucional y legal
que establece que en el país los servicios públicos no tienen carácter
gratuito”.
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