Y tenía toda la razón, porque conoce muy bien lo que está sucediendo en La Guajira... la hermosa Guajira, pero mal administrada.
Desgracia total, en un departamento que podría ser uno de los más desarrollados de Colombia.
Ahora tenemos esta noticia: Consejo de Estado tumba elección de la gobernadora...
RADAR,luisemilioraconrado
@radareconomico1

Consejo de Estado tumba elección de gobernadora de La Guajira
Según decidió la Sección Quinta de esa corporación, la funcionaria se postuló al cargo estando inhabilitada.El nombre de Oneida Pinto como aspirante por Cambio Radical a la Gobernación generó mucha resistencia. El Consejo de Estado declaró nula la elección como gobernadora de la Guajira por haberse postulado al cargo estando inhabilitada para ejercer funciones como autoridad administrativa en esa región del país.
Según la corporación, 
violó el régimen de inhabilidades por haber sido alcaldesa de Albania 
(La Guajira) durante los 12 meses previos a las elecciones regionales de
 octubre de 2011. 
El
 nombre de Oneida Pinto como aspirante por Cambio Radical a la 
Gobernación generó mucha resistencia entre algunos de los militantes de 
esa colectividad.
Las supuestas alianzas 
de la mandataria seccional con el detenido exgobernador guajiro 
Francisco ‘Kiko’ Gómez la convirtieron en blanco de muchas críticas y 
desconfianza.
Aun cuando ella negó esa 
cercanía, medios de comunicación hicieron públicas supuestas evidencias 
del padrinazgo existente entre los dos. 
El rechazo que empezó a generar en ciertos sectores su candidatura alentó la utilización de diferentes herramientas legales para evitar que Pinto participara en las elecciones regionales de 2015. (Vea: Oneida Pinto tiene una investigación en la Fiscalía)
Pero ni las acciones administrativas ni las judiciales lograron frenar su aspiración.
 El Consejo Nacional Electoral le dio su visto bueno a la inscripción de
 Oneida Pinto como candidata a la Gobernación por Cambio Radical. Pese a
 los muchos obstáculos que surgieron en su camino, logró hacerse con la 
victoria.
Como último recurso, sus 
detractores interpusieron una demanda de nulidad ante el Consejo de 
Estado. En la acción le pidieron a ese alto tribunal que suspendiera el 
acto de elección de la dirigente, con la firme intención de evitar su 
posesión.
Para los accionantes, la 
gobernadora había violado el régimen de incompatibilidades porque se 
inscribió en el proceso electoral un año antes de haber dejado su cargo 
como alcaldesa de Albania.
Según ellos, 
para que su elección fuera legal, debió marginarse de esa administración
 municipal al menos dos años antes de este proceso electoral.
Y
 aunque en su momento la Sección Quinta no accedió a emitir las medidas 
cautelares que le exigían los demandantes, encontró que los accionantes 
tenían razón, pues en realidad la dirigente no renunció a su cargo 
dentro del año previo a los comicios.
Pinto
 pretendía que los 12 meses que fija la Ley como periodo inhabilitante 
para que servidores públicos puedan aspirar a cargos de elección popular
 se contabilizaran desde su renuncia a la Alcaldía de Albania y la fecha
 de las elecciones.
El Consejo de Estado 
señaló que ese lapso se contabiliza únicamente hasta la fecha de la 
inscripción de la candidatura. Como ese periodo fue inferior al de la 
inhabilidad legal, la Sala estableció que se configuraba la causal 
nulatoria y dejó sin efectos su continuidad en el cargo.
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