Y tenía toda la razón, porque conoce muy bien lo que está sucediendo en La Guajira... la hermosa Guajira, pero mal administrada.
Desgracia total, en un departamento que podría ser uno de los más desarrollados de Colombia.
Ahora tenemos esta noticia: Consejo de Estado tumba elección de la gobernadora...
RADAR,luisemilioraconrado
@radareconomico1
Consejo de Estado tumba elección de gobernadora de La Guajira
Según decidió la Sección Quinta de esa corporación, la funcionaria se postuló al cargo estando inhabilitada.El nombre de Oneida Pinto como aspirante por Cambio Radical a la Gobernación generó mucha resistencia. El Consejo de Estado declaró nula la elección como gobernadora de la Guajira por haberse postulado al cargo estando inhabilitada para ejercer funciones como autoridad administrativa en esa región del país.
Según la corporación,
violó el régimen de inhabilidades por haber sido alcaldesa de Albania
(La Guajira) durante los 12 meses previos a las elecciones regionales de
octubre de 2011.
El
nombre de Oneida Pinto como aspirante por Cambio Radical a la
Gobernación generó mucha resistencia entre algunos de los militantes de
esa colectividad.
Las supuestas alianzas
de la mandataria seccional con el detenido exgobernador guajiro
Francisco ‘Kiko’ Gómez la convirtieron en blanco de muchas críticas y
desconfianza.
Aun cuando ella negó esa
cercanía, medios de comunicación hicieron públicas supuestas evidencias
del padrinazgo existente entre los dos.
El rechazo que empezó a generar en ciertos sectores su candidatura alentó la utilización de diferentes herramientas legales para evitar que Pinto participara en las elecciones regionales de 2015. (Vea: Oneida Pinto tiene una investigación en la Fiscalía)
Pero ni las acciones administrativas ni las judiciales lograron frenar su aspiración.
El Consejo Nacional Electoral le dio su visto bueno a la inscripción de
Oneida Pinto como candidata a la Gobernación por Cambio Radical. Pese a
los muchos obstáculos que surgieron en su camino, logró hacerse con la
victoria.
Como último recurso, sus
detractores interpusieron una demanda de nulidad ante el Consejo de
Estado. En la acción le pidieron a ese alto tribunal que suspendiera el
acto de elección de la dirigente, con la firme intención de evitar su
posesión.
Para los accionantes, la
gobernadora había violado el régimen de incompatibilidades porque se
inscribió en el proceso electoral un año antes de haber dejado su cargo
como alcaldesa de Albania.
Según ellos,
para que su elección fuera legal, debió marginarse de esa administración
municipal al menos dos años antes de este proceso electoral.
Y
aunque en su momento la Sección Quinta no accedió a emitir las medidas
cautelares que le exigían los demandantes, encontró que los accionantes
tenían razón, pues en realidad la dirigente no renunció a su cargo
dentro del año previo a los comicios.
Pinto
pretendía que los 12 meses que fija la Ley como periodo inhabilitante
para que servidores públicos puedan aspirar a cargos de elección popular
se contabilizaran desde su renuncia a la Alcaldía de Albania y la fecha
de las elecciones.
El Consejo de Estado
señaló que ese lapso se contabiliza únicamente hasta la fecha de la
inscripción de la candidatura. Como ese periodo fue inferior al de la
inhabilidad legal, la Sala estableció que se configuraba la causal
nulatoria y dejó sin efectos su continuidad en el cargo.
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