domingo, 31 de mayo de 2015

Contraloría señala a CRA de mala gestión en lago El Cisne

¿Será qué llegó el momento de Alberto Escolar, director de la CRA?
¿Será que este muchacho sea tan irresponsable de acabar con el Lago del Cisne?

Si eso es así, la sociedad colombiana nunca se lo perdonará.

RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1
 

Contraloría señala a CRA de mala gestión en lago El Cisne

Por José Luis Rodríguez
 
Informe conocido por EL HERALDO revela que autoridad ambiental no hizo balance hídrico en 2011 para renovar concesiones de agua.
Una auditoría realizada por la Contraloría General de la República (CGR) a la Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA), en torno al mantenimiento y conservación del lago El Cisne, establece tres hallazgos administrativos a los que determinó presunta incidencia disciplinaria.
El documento, conocido en exclusiva por EL HERALDO, señala que estos descubrimientos están relacionados con las concesiones de aguas durante un cierre del canal de alimentación entre Arroyo León y lago El Cisne; el plan de manejo del recurso hídrico de la ciénaga y las concesiones de la empresas Matera Sabbagh y Cia. y Proyecto Arquitectura- Guillermo Otero Vidal.
Varias medidas de recuperación del lago por parte de la corporación, como el cierre y apertura del canal de comunicación con el Arroyo León, fueron evaluadas por la Contraloría mediante el análisis de soportes técnicos y jurídicos para adjudicar concesiones de agua,  formular el manejo ambiental de la ciénaga, la ordenación del recurso hídrico del Atlántico, contratos de dragado y permisos de vertimientos en el Arroyo León y el lago.
 
Balance hídrico. Si bien el ‘Informe de actividades tendientes a mejorar la capacidad hidráulica del Arroyo León en su cuenca baja’, entregado por la CRA a la Contraloría, estableció que existen soportes técnicos para cerrar temporalmente el canal de conexión entre Arroyo León y el lago El Cisne, el informe de la CGR anuncia que el órgano de control  no pudo constatar  que durante el periodo que el canal estuvo cerrado (2010-2013) la corporación hubiese evaluado y realizado el balance hídrico. Esto, con el fin de determinar si las concesiones de aguas que involucraban aprovechamiento del recurso de la ciénaga debían o no ser otorgadas, ya que la principal fuente aportante no se encontraba habilitada.
El Plan de Manejo del Recurso Hídrico de la Ciénaga del Rincón, elaborado por la Uninorte en 2005, establece que los meses en que el balance hídrico es positivo, la cuenca aporta en promedio 276.500 m3 de agua. Sin embargo, y teniendo en cuenta que la máxima área de espejo de agua que presenta la ciénaga es de 55 hectáreas, este volumen que se almacenaría, señala el informe, solo alcanzaría a reponer unos 50 centímetros del nivel dentro del lago. Comparado con los 1.1 metros que en promedio se evaporan en los restantes 10 meses del año, daría como consecuencia un descenso anual promedio en los niveles de la ciénaga de 0.6 metros. Quiere decir una desecación en aproximadamente cinco años, si no contara con los caudales que le aporta anualmente el Arroyo León.
Como consecuencia de esta situación, dice el informe, “se generó desecamiento apresurado del lago dado que no se consideraron los criterios técnicos suficientes que definieran si las concesiones de aguas que involucraban extracción del recurso hídrico debían ser otorgadas o renovadas durante el periodo de cerramiento del canal”.
Aunque la CRA dio respuesta a la observación, argumentando que el fenómeno de ‘La Niña’ aportó un excedente de agua a los humedales del Atlántico y que el lago depende exclusivamente de las lluvias, la Contraloría respondió que la corporación no realizó un balance hídrico que demostrara que efectivamente hubo un excedente de agua suficiente para soportar los caudales después del cierre del canal entre Arroyo león y la ciénaga; y precisó, según el Plan de Manejo del Recurso Hídrico, que el lago no depende solo de las lluvias ya que su red hídrica se encuentra conectada directamente con el cauce del Arroyo León.
Por ello, dice el informe, la Contraloría evidenció el incumplimiento por parte de la CRA a lo estipulado en la Ley 99 de 1993 y en el Decreto 1541 de 1978 por lo que configuró un presunto hallazgo con incidencia disciplinaria.
Plan de Manejo. La CGR también observó que el Plan de Manejo del recurso hídrico Ciénaga del Rincón, si bien incluye información sobre la climatología y caracteriza detalladamente la dinámica hídrica de este ecosistema y su cuenca aferente anualmente, “no cumple con las especificaciones requeridas para la elaboración de planes de manejo para humedales definidas en la resolución 157 de 2004”. La Contraloría, dice el documento, no pudo establecer la existencia de una caracterización biofísica, ecológica, socioeconómica y cultural de la ciénaga, ni la zonificación producto de dicha caracterización.
En consecuencia, en el plan de acción no se formularon los programas y proyectos con el fin de cumplir con los objetivos de conservación del cuerpo de agua.
Ante la ausencia de un Plan de Manejo Ambiental completo, la Contraloría afirma que el deterioro es acelerado y las consecuencias ambientales negativas irreversibles, basada en la investigación realizada por el instituto Humboldt y la Fundación ALMA sobre la situación ecológica del sistema de humedales del Magdalena Medio. “La debilidad en las políticas nacionales e instituciones locales y regionales, en donde se ubican los sistemas de humedales, ha llevado a la apropiación ilegal del recurso, tapando caños naturales, abriendo caños artificiales, desviando el curso del agua o secando ciénagas donde los terrenos que previamente no fueron delimitados, son apropiados por los particulares”, dice el estudio.
Con base en este, la Contraloría, “evidencia la inminente amenaza en que se encuentra la Ciénaga El Rincón” y el incumplimiento de la corporación, a lo estipulado en la Ley 357 de 1997, en la Política Nacional de Humedales Interiores de Colombia y en la Resolución 157 del 2004. Por ello configuró otro presunto hallazgo con incidencia disciplinaria.


Concesiones a empresas. La  CRA concedió, por medio de la resolución 533 de 2011, a la empresa Matera Sabbagh y Cia. la extracción de 259 m3/mes, sin embargo en información suministrada por la entidad se indica que la cantidad extraída era de 324 m3/mes, presentándose un mayor volumen de extracción al concesionado en 65 m3/mes. Por otro lado, la CGR evidenció que la CRA, en 2014, disminuyó en un 40% el volumen de agua concesionada a la empresa Club Lagos Caujaral, sin embargo no ocurrió lo mismo con la empresas Matera Sabbagh y Cia. y Proyecto Arquitectura-Guillermo Otero Vidal. Esta situación, destaca el informe, trae como consecuencia que no se estén  aplicando las mismas medidas de control y seguimiento ambiental a todas las concesiones de aguas que involucran extracción del recurso del Lago El Cisne y se ponga en riesgo la estabilidad hídrica del cuerpo de agua. Con base a esto, la Contraloría evidenció otro incumplimiento de la CRA, a lo estipulado en la Ley 99 de 1993 y en el Decreto 1541 de 1978, y que configuró el tercer hallazgo con presunta incidencia disciplinaria.
De acuerdo a la connotación, estos tres hallazgos serán trasladados a la Procuraduría. Alberto Escolar, director de la CRA, afirmó que el informe de auditoría no ha sido remitido a la corporación, con el cual presentarán posteriormente un plan de mejoramiento.
“Nosotros le responderemos oportunamente a la Procuraduría sobre esos casos específicos”, indicó.


La CRA
Alberto Escolar, director de la CRA, admitió que las respuestas que entregó la entidad en su momento no fueron completas y contundentes en muchos aspectos que no están considerados en el informe.
Señaló que el canal que comunica el Arroyo León con el lago El Cisne no estuvo cerrado entre 2010 y 2013,  ni nunca lo ha estado, lo cual, dijo, se puede demostrar con una secuencia de imágenes satelitales.
Sobre el segundo hallazgo, Escolar afirmó que la CGR se limitó a revisar un documento del Plan en forma aislada y lo evalúo bajo los criterios de cumplir con los objetivos de conservación del complejo de humedales del Magdalena Medio. “Esta es una cuenca completamente diferente, ubicada en el extremo opuesto del Departamento, de la cual no hace parte el Lago del Cisne”, expresó.
Sobre el tercero dijo que la CRA expidió una resolución, con la que se impuso una medida preventiva de suspensión de actividades y se inició un procedimiento sancionatorio.

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