SAE,
Sociedad de Activos Especial S.A.S. se volverá famosa en Barranquilla.
De aquí
en adelante, los barranquilleros tendremos que asimilar lo que estará pasando
en la ciudad cuando hablemos de Servicios Públicos Domiciliarios; sobre todo,
cuando estos tengan que ver con la vida nuestra.
SAE, será
la que manejara el cuento.
¿Cuánto
dinero manejará?
Pocos lo
sabemos.
Pero, quedamos
en sus manos.
RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1
SAE, Sociedad de Activos
Especiales y Barranquilla
La
SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES S.A.S.- SAE S.A.S., sociedad de acciones
simplificada de economía mixta, del orden nacional, domiciliada en Bogotá,
sometida al régimen de derecho privado, constituida por medio de la escritura
pública número 204 del 6 de febrero de 2009, otorgada en la notaria Sexta del
Circulo de Pereira, se permite invitar a todas las personas jurídicas,
consorcios o uniones temporales cuyo objeto social comprenda la prestación de
servicios de Asesoría y Corredor de Seguros que se encuentren interesados en
participar en el presente CONCURSO PÚBLICO No. 03-2010. Tal y como se ha
indicado, la sociedad se rige por el derecho privado y las normas internas que
la regulan, no obstante lo cual dará aplicación al artículo 209 de la C.P.,
además de otras que resulten pertinentes.

Si el proponente encuentra
discrepancias u omisiones en los presentes términos, o en los demás documentos
que forman parte del presente concurso, o si presenta alguna duda relacionada
con algún aspecto de los términos, deberá remitir su inquietud al correo
corredoresdeseguros2010@saesas.com.co y obtener una aclaración al respecto
antes de la presentación de su propuesta y dentro del plazo establecido en los
presentes términos.
En caso de no hacer lo anterior, se entenderá que no
existen dudas y que se aceptan totalmente las condiciones de los términos
objeto del presente concurso. Sólo serán evaluadas las propuestas que se
presenten dentro del término del concurso y cumplan las estipulaciones
contenidas en los presentes términos de referencia.
Quienes Somos
viernes, 25 de mayo de 2018
¿Quiénes somos?
Somos una
Sociedad de economía mixta, autorizada por la Ley, de naturaleza única,
sometida al régimen del derecho privado, que tiene por objeto administrar
bienes especiales que se encuentran en proceso de extinción o se les haya
decretado extinción de dominio. El código de Extinción de Dominio, ley 1708 de
2014, nos faculta como administradores del FRISCO.
Misión:
Somos un
administrador eficiente de activos especiales orientado a la consecución de la
productividad y rentabilidad de los mismos, generando recursos para la
financiación y desarrollo de políticas públicas.
Visión:
En el
2019 SAE S.A.S será una empresa modelo en Latinoamérica como administrador de
activos especiales, sostenible y generadora de recursos para el Estado con un
portafolio de servicios diversificado.
Valores:
La
Sociedad de Activos Especiales S.A.S propende por la probidad, compromiso,
confiabilidad, respeto y responsabilidad.
Características:
Somos un
equipo legítimo, motivado, competente, orientado a resultados.
Respetuoso
frente a la diferencia, con capacidad de hacer consensos, innovador, que se
comunica de manera asertiva y genera un ambiente de solidaridad y confianza.
Funciones:
1.
Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes afectados con
medida cautelares y con extinción de dominio.
2. Velar
por la correcta administración y disposición de los bienes afectados con
medidas cautelares y con extinción de dominio, a través de los mecanismos
definidos por la ley 1708 de 2014.
3.
Supervisar la utilización de los bienes por parte de los destinatarios
provisionales o depositarios provisionales.
4.
Colaborar con las autoridades judiciales en el cumplimiento de las órdenes de
devolución o de destinación definitiva de los bienes.
5. La
enajenación temprana de bienes con medidas cautelares ya sean muebles sujetos a
registro, de género, fungibles consumibles, perecederos, los semovientes, los
que amenacen ruina, pérdida, deterioro medioambiental, o los que sean materia
de expropiación por utilidad pública, o servidumbre, o aquellos que de acuerdo
con un análisis de costo - beneficio se concluya que su administración o
custodia ocasionan perjuicios o gastos desproporcionados, previa autorización
del fiscal de conocimiento o juez de extinción de dominio.