Todos
con las pilas puestas.
El
propósito es que los habitantes de la región Caribe tengan un mejor
tratamiento.
Y que
las tarifas de energía no maltraten a los ciudadanos y a sus hogares.
Son
muchos años de padecimiento.
Leamos
lo que explica Amylkar Acosta.
También,
es bueno revisar el pronunciamiento de los gremios y las cámaras de comercio, que
lo tenemos aquí en el Radar: (https://radareconomicointernacional.blogspot.com/2022/09/camaras-de-comercio-y-gremios-de-la.html).
®rada®luisemilioradaconrado
@radareconomico1
https://radareconomicointernacional.blogspot.com/
EL CORRIENTAZO de LAS ALZAS de TARIFAS
Amylkar
D. Acosta

A propósito del indexador del Índice de precios del productor (IPP)
aplicable a los cargos de la tarifa de energía, cabe preguntarse si el mismo refleja fielmente los costos en
los que incurren los agentes de la cadena del servicio de energía, si tenemos
en cuenta que en el cálculo del mismo se incorporan la variación de otras
actividades ajenas a su operación, tales como la industria, la minería, la
agricultura y la pesca, las cuales, por lo demás, se han visto afectadas en sus
costos por factores exógenos tales como la interrupción de las cadenas de
suministros, los mayores fletes internacionales, el desbordado incremento de
los insumos agrícolas, mientras sus erogaciones se reducen a los costos de las
licencias por el uso del recurso hídrico, el mantenimiento de los equipos y la
mano de obra.
También incide en la espiral alcista de la tarifa de energía el cargo
por restricciones (R), la cual se debe al atrapamiento de la energía generada
ante la imposibilidad de transportarla a través del Sistema interconectado
nacional (SIN), hasta los centros de consumo, debido a limitaciones de las
redes de transporte y distribución de la energía, las cuales imposibilitan el
fluido de la energía eléctrica de más bajo costo, como lo es la hídrica. En
ello influye mucho el atraso, a causa de diferentes eventos, de la ejecución de
los proyectos de transmisión. Así, por fuerza de las circunstancias el centro
de despacho se ve obligado a recurrir a plantas más costosas que aumentan el precio
de la energía. Una de las regiones en donde el cargo por restricciones es más
alto es la región Caribe, dado que la capacidad instalada de potencia es
insuficiente para suplir la energía demandada en tales eventos, requiriéndose
las llamadas generaciones de seguridad.

El cargo que se paga por concepto de restricción (R) es calculado con
base en análisis eléctricos que hace el administrador y operador del mercado XM
y es distribuido a toda la demanda del país, de acuerdo con la oferta que realicen los generadores. En lo
corrido del año se han presentado costos elevados de restricciones. Lo anterior
debido al incremento del costo del gas en Europa que ha golpeado las ofertas de
los generadores térmicos, pues la realizan con los precios del mercado internacional,
llamando la atención que en Colombia actualmente hay disponibilidad de gas por
aproximadamente US $7 el MMBTU. Este mayor costo del gas incide, afectado
además por la apreciación del dólar, en los precios de oferta de energía del
parque térmico, los cuales pasaron de los $351 el KWH en enero de 2021 a $732
el KWH en julio de 2022, el ¡!doble(¡!).
Pero, como ya quedó dicho, indudablemente el caso más crítico de las alzas
de las tarifas de energía se da en la región Caribe, servida por dos nuevos
operadores de red, Air´e y Afinia desde el 1º de octubre de 2020, después de
que la Superintendencia de servicios públicos domiciliarios decretara la
liquidación de ELECTRICARIBE, que representó para sus 2.7 millones de usuarios
una verdadera pesadilla. Lo que hace la diferencia entre las alzas de las
tarifas en la región Caribe y las alzas en el resto del país es el cargo por
concepto de las pérdidas reconocidas (PR), cuyo costo pasó de $41.49 por KWH a $247, en contraste con el
promedio nacional de $50 por KWH (¡!)

Y ello se explica porque en la Resolución 010 de 2020 de la CREG se
estableció que “para la aplicación de la metodología establecida en la
Resolución CREG 015 de 2018…para el régimen transitorio especial, previsto en
el artículo 318 de la Ley 1955 de 2019
del Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022. De allí que las pérdidas reconocidas (PR) en la fórmula
tarifaria y las cuales debe asumir el usuario vía tarifas es del 29% para Air´e
y 27.2% para Afinia, muy superior al 12.5% que se le reconoce a los demás
operadores de red diferentes al Caribe.
Es de anotar que, dado el ciclo tarifario, que es quinquenal, esta norma
regulatoria, pactada entre la Superintendencia de Servicios públicos
domiciliarios y los operadores de red, permancerá invariable hasta el 2025. Los
usuarios que pagan cumplidamente sus facturas se quejan, con razón, de que con
este recargo en la tarifa terminan pagando justos por pecadores, dado que las
PR incluyen aquellas atribuidas al robo de energía y las conexiones
fraudulentas. El corrientazo que están recibiendo los usuarios, especialmente
en el Caribe colombiano, con esta exagerada alza de las tarifas, entonces,
estaba cantada, como lo advertimos en su debida oportunidad, era sólo cuestión
de tiempo.
Madrid,
septiembre 24 de 2022
www.amylkaracosta.net