miércoles, 15 de abril de 2020

Exención de IVA para 211 bienes e insumos médicos beneficiará a trabajadores de la salud y al bolsillo de los colombianos: Presidente Duque

El gobierno colombiano, en cabeza el presidente Iván Duque, acompañado del ministro de hacienda Alberto Carrasquilla en tema económicos, se han movido rápidamente para que los colombianos puedan tener los recursos, a fin de que está situación del coronavirus sea más manejable.

RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1

Exención de IVA para 211 bienes e insumos médicos beneficiará a trabajadores de la salud y al bolsillo de los colombianos: Presidente Duque

Prevención y Acción, Coronavirus, COVID-19, salud, pandemia, Iván Duque, Presidente Duque, Aislamiento Preventivo Obligatorio

Bogotá
15/04/2020
.                                                                                                                                 Foto: Juan Pablo Bello - Presidencia
El beneficio, contemplado en el Decreto 551 del 15 de abril de 2015, “nos va permitir surtir rápidamente a todo el personal médico por parte de los empleadores, por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y también por parte de la adquisición centralizada que hagamos en el marco la contingencia, pero también les va a permitir a muchas familias acceder a algunos de estos productos de una forma mucho más cómoda para sus bolsillos”, dijo el Presidente Duque
El Presidente Iván Duque afirmó que el Decreto 551 del 15 de abril de 2020, a través del cual el Gobierno Nacional establece la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación y venta en el país de 211 bienes e insumos médicos, permitirá surtir con elementos de protección a los trabajadores de la salud y beneficiará el bolsillo de los colombianos.

“Este fin de semana, cuando adelantamos nuestro Facebook Live contestándoles preguntas a muchos de ustedes, hablamos también de la evolución del Decreto 551 que, básicamente, elimina el impuesto de IVA para muchos productos que son necesarios para enfrentar esta pandemia”, dijo el Mandatario durante el especial televisivo ‘Prevención y Acción’, que se emitió este miércoles por Señal Colombia, en conexión con canales privados, regionales y comunitarios.

 Agregó que “este beneficio nos va a permitir surtir rápidamente a todo el personal médico por parte de los empleadores, por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y también por parte de la adquisición centralizada que hagamos en el marco la contingencia, pero también les va a permitir a muchas familias acceder a algunos de estos productos de una forma mucho más cómoda para sus bolsillos”.

Algunos insumos cubiertos por el Decreto 551
De acuerdo con el texto del Decreto, este beneficio se aplicará durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus.
Entre estos bienes e insumos se destacan elementos para la protección del cuerpo (tapabocas, mascarillas, guantes, batas y gorros, entre otros), cánulas, tubos, respiradores, ventiladores, nebulizadores, sondas, válvulas, catéteres, jeringas, electrodos, desfibriladores, monitores, sensores, tensiómetros, termómetros, ecocardiógrafos, ecógrafos, glucómetros, fibroscopios, espirómetros y equipos para transfusión sanguínea.


Así mismo, la lista incluye equipos de Rayos X, esterilizadores, mantas, camas hospitalarias, camillas, grúas, dispositivos médicos de movilización, sillas de ruedas, agujas hipodérmicas, aplicadores con punta de algodón, centrífugas, equipos de desinfección, procesadores de muestras de biología molecular, suturas y tableros para masaje cardiaco.

Igualmente, bolsas hospitalarias, hisopos, succionadores, algodón, compresas, gasas, geles, esparadrapo, vendas, alcoholes, jabones, toallitas húmedas, detergentes, desinfectantes, limpiadores, básculas pesa-bebés, incubadoras, lámparas hospitalarias, balas de oxígeno, fonendoscopios y equipos de órgano de los sentidos, entre muchos otros.

En sus considerandos, el decreto indica que esta exención del IVA es importante para “la prevención, diagnóstico y tratamiento del coronavirus covid-19, por lo que la facilitación de su importación y venta en el territorio nacional es una acción necesaria para garantizar el abastecimiento y la disponibilidad de bienes e insumos médicos necesarios e indispensables para hacer frente a la Emergencia Sanitaria”.
Condiciones de aplicación
La norma establece que los saldos a favor generados en las declaraciones tributarias del Impuesto sobre las Ventas (IVA) podrán ser imputados en las declaraciones de los períodos siguientes, pero en ningún caso podrán ser objeto de devolución y/o compensación.

El responsable del IVA que “enajene los bienes exentos de que trata el presente Decreto Legislativo tiene derecho a impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas (IVA), siempre y cuando cumpla con los requisitos consagrados en el Estatuto Tributario y en especial el artículo 485 de dicho Estatuto”, señala el Decreto.


Así mismo, la norma establece, entre otras, las siguientes condiciones de aplicación para la exención del IVA:

• Al momento de facturar la operación de venta de bienes exentos, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria,  a través de los sistemas de facturación vigentes, el facturador deberá incorporar en el documento una leyenda que indique: ‘Bienes Exentos – Decreto 417 del 17 de marzo de 2020’.

• La importación, la venta y la entrega de los bienes deberá realizarse dentro del plazo establecido en el artículo 1 del presente Decreto Legislativo.
El Decreto, que también contempla los efectos del incumplimiento de los requisitos, está firmado por el Presidente de la República, Iván Duque, y los ministros del despacho.




Bienes cubiertos por la exención del impuesto sobre las ventas (IVA)
1. Gafas protectoras
2. Guantes de látex y de nitrilo
3. Guantes estériles
4. Mascarilla N95 y respiradores FFP2 o FFP3
5. Mascarillas con filtro
6. Protección total del cuerpo: Batas, gorros, ropa quirúrgica estéril, campos quirúrgicos, campo operatorio, sábanas, fundas, traje biológico polainas y protectores metatarsales
7. Protector facial: caretas o visores
8. Tapabocas desechables
9. Trajes de bio-protección (enterizo, blusa y pantalón)
10. Cánulas de Guedel o de Mayo
11. Cánulas de traqueostomía
12. Cánulas laríngeas
13. Cánulas nasales
14. Cánulas nasales de alto flujo
15. Cánulas nasofaríngeas
16. Cánulas orofaríngeas
17. Equipo de traqueostomía
18. Estilete o guía de entubación
19. Flujómetro para gases medicinales
20. Humidificador (normal, jet y burbuja) y filtros del humidificador
21. Kit de entubación
22. Laringoscopio de hojas rectas y curvas (niños y adultos)
23. Manómetro para oxígeno y vacío
24. Máscara de alto flujo (Ventury)
25. Mascarilla con reservorio
26. Mascarilla de traqueostomía (tienda de traqueostomía)
27. Mascarilla laríngea
28. Mascarilla para nebulización - micronebulización
29. Mascarilla quirúrgica con filtro HEPA
30. Mascarilla simple
31. Mascarillas para anestesia
32. Mascarillas para reinhalación
33. Otros tipos de cánulas
34. Otros tipos de mascarillas
35. Pinza de maguil
36. Prong nasal
37. Regulador para gases medicinales
38. Respirador manual – Bolsa Auto-inflable – Balón resucitador – Bolsa de reanimación (AMBU) con o sin reservorio
39. Sujetador de tubo de traqueostomía
40. Sujetador de tubo endotraqueal
41. Tubo conector en T y/o Y, Niple conector
42. Tubos endotraqueales y nasotraqueales y combitube (tubo combinado esófago-tráquea) de diferentes medidas
43. Incentivo respiratorio
44. Inhalo-cámaras
45. Nebulizador y Micro-nebulizador
46. Succionador o aspirador de secreciones
47. Equipos para la apnea (CPAP - BPAP)
48. Circuitos y aditamentos de ventilación (Sensores, Filtros, entre otros)
49. Concentradores de O2
50. Ventilador de transporte
51. Ventilador o Respirador de uso domiciliario
52. Ventilador o Respirador hospitalario
53. Pleurovac
54. Sistema de drenaje cerrado para conexión a tubo de tórax o mediastino
55. Tubos de mediastino
56. Tubos de tórax de diferentes números o calibres
57. Válvula de Heimlich
58. Sonda de aspiración – nelaton de diferentes medidas
59. Sonda nasogástrica, orogástrica y gastro-yeyunal
60. Sondas de succión abierta o cerrada
61. Sondas urinarias de diferentes clases y medidas
62. Otros tipos de sondas
63. Bombas de infusión y equipo bomba de infusión
64. Bombas de nutrición enteral
65. Bolsa para nutrición parenteral
66. Bolsas para sangre
67. Buretrol
68. Catéter central (Swanz Ganz y subclavio)
69. Catéter periférico vascular e intraóseo
70. Equipo de plasmaferesis
71. Equipo para presión venosa central
72. Equipo para transfusión sanguínea
73. Equipo para venodisección
74. Equipos de venoclisis
75. Extensión de anestesia
76. Jeringas
77. Jeringas de infusión
78. Máquina de diálisis peritoneal
79. Máquina de hemodiálisis
80. Otro tipo de catéteres de acceso vascular periférico y central, arterial y venoso
81. Cardiodesfibrilador
82. Desfibrilador
83. Electrodos para cardio-desfibrilador
84. Gel para electrodos
85. Capnógrafo
86. Celdas de oxígeno
87. Electrocardiógrafo
88. Electrodos de ventosa
89. Electrodos superficiales
90. Filtros de entrada y salida de aire
91. Monitor de presión arterial
92. Monitor de signos vitales (medición de frecuencia cardíaca, presión arterial sistólica, diastólica y media, temperatura, saturación de oxígeno, gasto cardíaco)
93. Pulsoxímetro
94. Sensores de temperatura
95. Sensores de EKG
96. Sensores de saturación de oxígeno
97. Tensiómetro digital y manual
98. Termómetro digital y manual
99. Válvulas de flujo
100. Doppler fetal
101. Ecocardiógrafo
102. Ecógrafo
103. Equipo de gases arteriales y venosos
104. Espirómetros
105. Fibroscopio y Fibrobroncoscopio
106. Glucómetro
107. Intensificador de imagen portátil
108. Monitor fetal
109. Rayos X portátil
110. Rayos X Arco en C
111. Videolaringoscopio
112. Blanketrol
113. Mantas para calentamiento
114. Camas
115. Camillas
116. Caminadores
117. Grúas
118. Otros dispositivos médicos de movilización
119. Rodillos para traslado
120. Sillas de ruedas
121. Agujas hipodérmicas
122. Aplicadores con punta de algodón
123. Apósitos
124. Autoclaves, esterilizadores y accesorios
125. Bolsas mortuorias
126. Carro de paro cardíaco
127. Centrífugas
128. Dispositivos de bioseguridad para traslado de pacientes
129. Equipo de desinfección por ultravioleta
130. Equipo de órganos de los sentidos
131. Equipo de química sanguínea
132. Equipo para desinfección por ultrasonido
133. Medias antiembólicas
134. Procesadores de muestras de biología molecular
135. Suturas
136. Tablero para masaje cardiaco
137. Toallas y pañines impregnados con clorhexidina o alcohol al 70%
138. Accesorios para garantizar empaque cerrado y transporte de los elementos sucios y limpios, como compreseros, vehículos para la recolección interna de residuos, instrumental, canecas de residuos, entre otros.
139. Bolsas para recolección de orina
140. Bolsas y tubos para recolección de sangre
141. Bolsas de Ostomia
142. Dispositivos para la recolección de muestras y fluidos, incluida la trampa de recolección de secreciones
143. Hisopos con tubo de transporte
144. Neveras de transporte, pilas de gel y silicona para transporte
145. Sistema de recolección de secreciones o fluidos (canister, receptal o linner con o sin gel solidificante)
146. Succionadores
147. Termocicladores
148. Tubos capilares
149. Tubos heparinizados
150. Tubos de recolección de sangre
151. Algodón
152. Apósito adhesivo
153. Cinta adhesiva de papel microporoso
154. Compresas
155. Dispositivos de fijación de acceso vascular
156. Electrodos para desfibrilador y/o marcapasos
157. Electrodos desechables
158. Esparadrapo
159. Gasas
160. Gel conductor
161. Indicadores biológicos de esterilización
162. Papel grado médico
163. Productos para desinfección de dispositivos médicos
164. Suturas de seda
165. Válvula exploratoria
166. Vendas
167. Colchón antiescaras
168. Dispositivos médicos para lesiones de piel por estancias prolongadas
169. Espumas: en diferentes tamaños y formas (región sacra, taloneras, coderas)
170. Alcohol etílico, Gel 63% y 65%
171. Alcohol etílico, solución 70%
172. Alcohol etílico, solución tópica 96° 72,9 ml / 100 ml
173. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 70% + 2%
174. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 70% + 1% (P/V)
175. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 76.5 ml + 0.45 ml / 100 ml
176. Alcohol etílico + Alcohol Isopropílico Gel 63g + C.S.P 100
177. Alcohol etílico + Glicerina, Solución tópica 96% + 4%
178. Alcohol etílico + Mentol loción 70% + 0.5%
179. Alcohol etílico + Mentol loción 70% + 0.39%
180. Alcohol Isopropílico al 99%, Solución tópica 63g / 100 ml
181. Alcohol Isopropílico + Yodo loción 72% + 7.5%
182. Alcohol Isopropólico + Yodopovidona loción 72% + 7.5%
183. Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 0.07%, 0.08%, 0.45%, 2% y 1%
184. Clorhexidina Gluconato + Alcohol Isopropílico, Solución tópica 2% + 70%, 4% + 70%
185. Soluciones antibacteriales
186. Geles antibacteriales
187. Jabones
188. Toallitas húmedas
189. Jabones
190. Detergentes para lavado de ropa
191. Desinfectantes
192. Limpiadores de superficies
193. Productos lava-vajillas
194. Báscula pesa-bebés
195. Glucómetro
196. Tensiómetro
197. Pulsoxímetro
198. Incubadora
199. Lámpara de calor radiante
200. Lámpara de fototerapia
201. Equipo de órgano de los sentidos
202. Bala de oxígeno
203. Fonendoscopio
204. Ventilador
205. Equipo de Rayos X pórtatil
206. Concentrador de oxígeno
207. Monitor de transporte
208.
Flujómetro
209. Cámara cefálica
210. Cama hospitalaria
211. Cama hospitalaria pediátrica



El pago oportuno de los usuarios nos permite continuar prestando el servicio: Electricaribe


El mensaje es directo: si nos pagan el servicio podremos hacer un mejor trabajo, dice Electricaribe.

Y no solamente que se pague el servicio, sino que se haga oportunamente.

La coyuntura es compleja.
Son muchos los colombianos que están asustados y el que tiene unos ahorros no quiere salir de ellos, porque la incertidumbre no les permite definir su rumbo.

¿Se pueden imaginar lo que están sintiendo los venezolanos y los otros suramericanos que se acercaron a Colombia para que los acogiéramos?

Colombia es uno de los países que ha soportado la pandemia con mucha responsabilidad y los funcionarios de otras naciones lo han resaltado.

¿Hay que pagar el servicio de energía?

¡Claro que sí!

Si usted tiene los ingresos, no dude, Electricaribe debe funcionar para el bien de todos.

RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1

El pago oportuno de los usuarios nos permite continuar prestando el servicio: Electricaribe

Barranquilla, abril 15 de 2020

A raíz del aislamiento preventivo obligatorio ordenado por el Gobierno Nacional para prevenir y contener la expansión del virus COVID-19, la empresa Electricaribe adoptó las medidas especiales para asegurar la prestación del servicio y la atención de usuarios. 

Consciente de la situación de emergencia sanitaria que vive el país, la Agente Especial de Electricaribe, Ángela Patricia Rojas Combariza, ordenó la reconexión del servicio de energía a todos los usuarios residenciales de los estratos 1, 2 y 3, para lo cual se habilitó la Línea 115 para la aplicación de este beneficio.
 
Igualmente, se implementaron planes de financiación flexibles y acuerdos de pago a la medida de las necesidades de los clientes como apoyo ante la situación social por la pandemia.

Pasados los primeros 20 días de aislamiento, el 52% de los usuarios residenciales de los estratos 4, 5 y 6 han cumplido su compromiso con el pago de la factura de energía, pero es importante que el 48% restante de este segmento de clientes con un mayor nivel de ingresos hagan un esfuerzo por cumplir con el pago del servicio de energía.

Ante esta situación, la empresa ha fortalecido sus canales virtuales para que, de una manera fácil y rápida, a través de la página www.electricaribe.co
Somos la empresa de distribución y comercialización de energía de la Región Caribe Colombiana. Actualmente cubrimos 7 departamentos y más de 11 millones de clientes. 20 años brindando la energía que impulsa a toda la Región.
y la aplicación de Electricaribe, al igual que en los puntos de pago autorizados como bancos, Efecty y almacenes de cadena puedan pagarse las facturas.
Mientras tanto, para los usuarios que necesitan hacer un acuerdo de pago, la empresa habilitó vía Whatsapp el servicio de la plataforma ‘Ada Luz’ en el teléfono 304-243 3322, en donde los clientes solo deben escribir a la línea para consultar de manera fácil y rápida el estado de su deuda de energía, recibir vía Whatsapp su factura de energía y el enlace para su pago a través del botón PSE.

Por su parte, la Agente Especial de Electricaribe, Ángela Patricia Rojas Combariza indicó que la empresa está comprometida con la prestación del servicio en toda la región.

“Trabajamos las 24 horas de lunes a domingo, incluso en medio de la emergencia por el Coronavirus, para asegurar la prestación del servicio y ahora es muy importante que los clientes con mayores posibilidades económicas hagan el esfuerzo de pagar no solo la energía, sino también todos los demás servicios públicos que reciben. Ante esta situación retomaremos las actividades de suspensión del servicio a los clientes de los estratos 5, 6, comerciales e industriales que entren en mora, pues es el último mecanismo con que cuenta la compañía para obtener el pago del servicio”, afirmó la Agente Especial.

Asimismo, solicitó el apoyo de los alcaldes y gobernadores para garantizar el pago de los servicios públicos de carácter oficial, pues durante este periodo el segmento oficial ha dejado de pagar casi 12 mil millones de pesos, recursos que estaban destinados a la operación.


Finalmente, la Agente Especial de Electricaribe, Ángela Patricia Rojas Combariza invitó a que se haga un uso racional de la energía para un beneficio colectivo.