Esto es bueno para tenerlo en cuenta: el
incremento de los arriendos de inmuebles en 2017, de acuerdo a la legislación
colombiana.
Información que nos envía la Lonja de
Propiedad Raíz de Barranquilla que dirige Evelyn Martínez.
RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1

EL INCREMENTO de los ARRIENDOS de INMUEBLES en 2017
Por Evelyn Martínez Brugés
Directora
Lonja de Propiedad Raíz de Barranquilla
Si
usted es arrendatario de un inmueble tenga en cuenta que en el presente año el
incremento del canon de arrendamiento se realizará de acuerdo con la
legislación vigente, para lo cual es necesario conocer las siguientes reglas:
Ø
Si el inmueble es urbano y está destinado a vivienda el canon se ajustará en el
momento de la renovación y el porcentaje de aumento dependerá de la fecha en
que se haya celebrado el respectivo contrato.
- Para los contratos realizados antes del 10 de julio de 2003 el canon se ajustará en un porcentaje igual a la meta de inflación proyectada para el año 2017, la cual fue fijada por la Junta Directiva del Banco de la República en un 3.0%, porcentaje que será utilizado para aumentar los cánones de arrendamiento de los inmuebles de vivienda cuyos contratos se hayan suscrito con anterioridad a la Ley 820 de 2003.
- Los cánones de arrendamiento de contratos que se hayan celebrado después del 10 de julio de 2003 se ajustarán en un porcentaje igual a la inflación efectivamente causada en el año anterior, es decir, del 5.75%, según el Índice de Precios al Consumidor – IPC, del año 2016, según información del Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE.
- Los nuevos cánones no podrán exceder el 1% del
valor comercial de los inmuebles arrendados o de la parte de él que se dé
en arriendo, a su vez, la estimación del valor comercial para estos
efectos no podrá exceder el equivalente a 2 veces el avalúo catastral
vigente del inmueble.
Ø
En el caso de los contratos de arrendamiento de inmuebles diferentes a los
urbanos destinados a vivienda, esto es locales comerciales, oficinas, bodegas y
consultorios, entre otros, ajustarán sus cánones de acuerdo con lo pactado por
las partes en el respectivo contrato.
Ø
De otra parte, las cuotas de administración de los inmuebles sometidos al
régimen de propiedad horizontal aumentarán de acuerdo con lo establecido por la
Asamblea de Copropietarios, cuyo valor es el resultado de aplicar al
presupuesto aprobado para el año 2017 el coeficiente respectivo de cada uno de
los inmuebles que conforman la copropiedad.
De otra
parte, el Gobierno Nacional, mediante Decreto No. 2207 del 30 de
diciembre de 2016, aprobó un aumento del 3% en el 2017
para los avalúos catastrales de los predios urbanos y rurales no
formados y formados con vigencia 1 de enero de 2016 y años
anteriores.
Con
este reajuste se obtienen los nuevos valores de los inmuebles catastralmente,
los cuales son la base para efectos de la liquidación del Impuesto Predial
Unificado.