jueves, 11 de octubre de 2018

SAE, Sociedad de Activos Especiales

SAE, Sociedad de Activos Especial S.A.S. se volverá famosa en Barranquilla. 

De aquí en adelante, los barranquilleros tendremos que asimilar lo que estará pasando en la ciudad cuando hablemos de Servicios Públicos Domiciliarios; sobre todo, cuando estos tengan que ver con la vida nuestra.


SAE, será la que manejara el cuento.

¿Cuánto dinero manejará?

Pocos lo sabemos.

Pero, quedamos en sus manos.

RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1

SAE, Sociedad de Activos Especiales y Barranquilla

La SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES S.A.S.- SAE S.A.S., sociedad de acciones simplificada de economía mixta, del orden nacional, domiciliada en Bogotá, sometida al régimen de derecho privado, constituida por medio de la escritura pública número 204 del 6 de febrero de 2009, otorgada en la notaria Sexta del Circulo de Pereira, se permite invitar a todas las personas jurídicas, consorcios o uniones temporales cuyo objeto social comprenda la prestación de servicios de Asesoría y Corredor de Seguros que se encuentren interesados en participar en el presente CONCURSO PÚBLICO No. 03-2010. Tal y como se ha indicado, la sociedad se rige por el derecho privado y las normas internas que la regulan, no obstante lo cual dará aplicación al artículo 209 de la C.P., además de otras que resulten pertinentes. 
Si el proponente encuentra discrepancias u omisiones en los presentes términos, o en los demás documentos que forman parte del presente concurso, o si presenta alguna duda relacionada con algún aspecto de los términos, deberá remitir su inquietud al correo corredoresdeseguros2010@saesas.com.co y obtener una aclaración al respecto antes de la presentación de su propuesta y dentro del plazo establecido en los presentes términos. 

En caso de no hacer lo anterior, se entenderá que no existen dudas y que se aceptan totalmente las condiciones de los términos objeto del presente concurso. Sólo serán evaluadas las propuestas que se presenten dentro del término del concurso y cumplan las estipulaciones contenidas en los presentes términos de referencia.
Quienes Somos
viernes, 25 de mayo de 2018

¿Quiénes somos?

Somos una Sociedad de economía mixta, autorizada por la Ley, de naturaleza única, sometida al régimen del derecho privado, que tiene por objeto administrar bienes especiales que se encuentran en proceso de extinción o se les haya decretado extinción de dominio. El código de Extinción de Dominio, ley 1708 de 2014, nos faculta como administradores del FRISCO.

Misión:

Somos un administrador eficiente de activos especiales orientado a la consecución de la productividad y rentabilidad de los mismos, generando recursos para la financiación y desarrollo de políticas públicas.

Visión:

En el 2019 SAE S.A.S será una empresa modelo en Latinoamérica como administrador de activos especiales, sostenible y generadora de recursos para el Estado con un portafolio de servicios diversificado.

Valores:

La Sociedad de Activos Especiales S.A.S propende por la probidad, compromiso, confiabilidad, respeto y responsabilidad.

Características:

Somos un equipo legítimo, motivado, competente, orientado a resultados. 

Respetuoso frente a la diferencia, con capacidad de hacer consensos, innovador, que se comunica de manera asertiva y genera un ambiente de solidaridad y confianza.
Funciones:

1. Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes afectados con medida cautelares y con extinción de dominio.

2. Velar por la correcta administración y disposición de los bienes afectados con medidas cautelares y con extinción de dominio, a través de los mecanismos definidos por la ley 1708 de 2014.

3. Supervisar la utilización de los bienes por parte de los destinatarios provisionales o depositarios provisionales.

4. Colaborar con las autoridades judiciales en el cumplimiento de las órdenes de devolución o de destinación definitiva de los bienes.

5. La enajenación temprana de bienes con medidas cautelares ya sean muebles sujetos a registro, de género, fungibles consumibles, perecederos, los semovientes, los que amenacen ruina, pérdida, deterioro medioambiental, o los que sean materia de expropiación por utilidad pública, o servidumbre, o aquellos que de acuerdo con un análisis de costo - beneficio se concluya que su administración o custodia ocasionan perjuicios o gastos desproporcionados, previa autorización del fiscal de conocimiento o juez de extinción de dominio.

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