En esta oportunidad, Luis Eduardo Blanco se refiere al Operador Económico Autorizado.
La importancia del comercio exterior en un país como Colombia...
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VUELVE Y JUEGA EL OPERADOR
ECONOMICO AUTORIZADO (OEA)
Por Luis Eduardo Blanco
C.
Gerente Regional Caribe de Analdex
El pasado 22 de septiembre el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1894 por el
cual se modifica parcialmente la figura Operador Económico Autorizado (OEA)
redefiniendo el objeto y funciones de la comisión intersectorial y ajustando el
alcance y estructura de la autorización mediante la creación de categorías, con
sus correspondientes condiciones, además de establecer los requisitos y
beneficios, y reducir las etapas del procedimiento de autorización. Todo
lo anterior, con el ánimo de garantizar las condiciones de seguridad de
la cadena de suministro internacional, facilitación del comercio
exterior, y fortalecer los lazos comerciales entre países, que pretendan ser
autorizadas como Operador Económico Autorizado.
Señala el Decreto las autoridades de control para el Operador Económico
Autorizado y el proceso operativo de ingreso o salida de mercancías del
territorio aduanero nacional a la Unidad Administrativa Especial
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, Policía Nacional de
Colombia, Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
(lNVIMA), y el Instituto Colombiano Agropecuario (lCA) y como autoridades
de apoyo, coordinación o control al Ministerio de Comercio Industria y Turismo,
Superintendencia de Puertos y Transporte, Dirección General Marítima DIMAR y la
Aeronáutica Civil.
Fundamental en el decreto, el establecimiento de dos categorías de OEA: 1.
seguridad y facilitación y, 2 seguridad y facilitación sanitaria. Términos, que
buscan establecer garantizar seguridad en cadena de suministro internacional de
acuerdo con los del Marco Normativo para Asegurar y Facilitar Comercio Global
de la Organización Mundial de Aduanas OMA e incluye la segunda categoría que
adicional condiciones y requisitos de protección sanitaria.
Los requisitos siguen siendo exigentes, para estas figuras, entre otros:
encontrarse domiciliados y representados en el País, haberse constituido
mínimo con tres (3) años anteriores a la solicitud, contar con igual tiempo en
desarrollo de la actividad, no haber sido objeto de sanciones dos (2) años a la
presentación de la solicitud, encontrarse al día o tener acuerdos de pagos
vigentes o al día sobre obligaciones tributarias, aduaneras, sanciones
cambiarias y demás deudas a la favor de la DIAN, de igual manera que estén
libres de cualquier acto de conductas punibles que incluyen el narcotráfico,
lavado de activos a sus socios, accionistas o dueños , miembros de junta
directiva, representantes legales , contadores, revisores fiscales,
controlantes directos o indirectos y representantes aduaneros, no haber sido
sancionado con cancelación o inhabilitación de parte del DIAN, ICA o INVIMA,
además de demostrar solvencia financiera, entre otras son los requisitos del
aspirante a OEA.
A cambio el Operador Económico Autorizado (OEA) podrá tener entre otros los
siguientes Beneficios: capacitarse, reconocimiento por parte de las autoridades
de la seguridad y confiabilidad, asignación personalizada en la entidades de
control, disminución y se simplificación en el número de
revisiones, actuación directa ante autoridades, reducción de garantías globales
ante la DIAN, consolidación de pagos de tributos aduaneros y sanciones,
inspección no intrusiva de parte de autoridades y atención preferencial ante el
VUCE, otras ventaja es que esta calificación es indefinida, salvo exenciones
establecidas.
El Decreto establece una comisión técnica intersectorial con funciones y una
secretaria técnica a cargo de la DIAN.
Al margen de las nuevas reglamentaciones, donde se establecen dos categorías,
un manejo técnico y ratificación de Requisitos y Beneficios, la norma
revisada no amplía su calificación a las necesidades de los
requerimientos Empresariales, ha sido un proceso poco confiable en el que
llevamos más de seis años, y a la fecha aún no se incluyen en su
participación la cadena logística, donde Puertos, aeropuertos,
agentes marítimos, agencias aduanas, zonas francas, importadores, y
general Empresas que podrían considerarse parte integral del proceso de
internacionalización del comercio exterior colombiano puedan convertirlo en una
herramienta de competitividad Nacional.
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