Esto es serio
y hay que analizarlo…
Se pronuncia
el Comité Intergremial del Atlántico:
Alzas en
impuesto de Industria y Comercio y alumbrado público en Barranquilla, afectarán
crecimiento económico, inflación y competitividad empresarial.
• Incrementos en ICA ocasionarán más
alzas en tarifas de energía, acueducto, alcantarillado, aseo, gas, transporte y
educación.
• Ajustes al alza en Estatuto Tributario
Distrital le restará competitividad al sector productivo de Barranquilla y a la
atracción de inversiones a la ciudad.
Lerc
Comunicación Ltda.
Luis Emilio
Rada Conrado
®luisemilioradaconrado
Alzas
en impuesto de Industria y Comercio y alumbrado público en Barranquilla,
afectarán crecimiento económico, inflación y competitividad empresarial
Luego
de un primer análisis de los ajustes al Estatuto Tributario Distrital,
definidos en el Acuerdo 0006 de 2023, los gremios económicos de la ciudad
manifiestan:
Consideraciones
generales:
1. Los incrementos en el impuesto de
Industria y Comercio, ICA, y en el impuesto de Alumbrado Público ocasionarán un
impacto negativo en la economía local, pérdida de competitividad de las
empresas, y alzas en el costo de vida, en momentos en que Barranquilla es una
de las ciudades que mayor variación de precios ha experimentado durante el
periodo inflacionario más álgido de la historia reciente del país, alcanzando
un IPC de 10,02% en lo que va corrido de este año y en términos anuales de
11,43%.

2. Más allá de cualquier consideración
sobre las necesidades fiscales que sustenten los incrementos en el impuesto de
Industria y Comercio y en la contribución del alumbrado público, el ajuste al
Estatuto Tributario Distrital resulta contraproducente para la ciudadanía y el
sector productivo, cuando el país enfrenta una desaceleración de la economía
que se acentuaría en 2024. Incluso un aumento en la carga tributaria para la
región posiblemente nos haría perder el liderazgo en el crecimiento que se ha
observado en el primer semestre del año. De acuerdo con cifras del DANE, el
Indicador Trimestral de Actividad Económica Departamental, al primer semestre
del 2023 la región creció 2,1%, mientras que el total nacional lo hizo en 1,6%.
3. No es conveniente que decisiones
tributarias de esta magnitud se tomen sin la necesaria concertación con el
sector productivo y sin la búsqueda de acuerdos y consensos que permitan
alinear las necesidades de financiación del Distrito de Barranquilla con la
capacidad de pago de los contribuyentes y las condiciones económicas de las
empresas y de la ciudadanía en general. Solicitamos los análisis técnicos sobre
los cuales se soportan los incrementos establecidos para entender su validez.
En esta dirección, iniciativas de esta naturaleza deberían contar con un
análisis de impacto normativo que evalué la incidencia en el corto y mediano
plazo.

4. Las diferencias en las tarifas del
impuesto de Industria y Comercio y de la contribución de Alumbrado Público
entre Barranquilla y ciudades como Bogotá y Cali, reflejan una política
tributaria que resulta contraproducente para nuestro territorio en términos de
competitividad empresarial, clima de negocios y atracción de inversión, con sus
consecuentes efectos en el comportamiento de la economía local. El deterioro en
la competitividad de Barranquilla frente a otras ciudades del país y a nivel
internacional, la situaría en desventaja en un momento en donde se necesita
aumentar estos indicadores en la búsqueda de convertirnos en una plataforma
atractiva que incentive la inversión de las empresas multinacionales que están
buscando relocalizarse, en lo cual ya registramos logros.
5. La importancia de la transparencia y
participación ciudadana es indispensable en el proceso de formulación de actos
administrativos, especialmente lo que respecta a asuntos tributarios.
Consideramos que la aplicación del CONPES 3816 de Mejora Regulatoria, que aboga
por la evaluación de impacto a través de la consulta pública, es esencial para
enriquecer el proceso y garantizar que las decisiones tomadas beneficien a la
comunidad en su conjunto.

6. Así las cosas, solicitamos al alcalde de
Barranquilla, doctor Jaime Pumarejo Heins, modificar dichas tarifas pues estas
afectarán directamente la estabilidad económica de las empresas, el empleo y la
competitividad de los distintos sectores productivos. Confiamos en su
compromiso con el desarrollo sostenible de la ciudad y el bienestar general de
la ciudadanía.
Impactos
en aumentos del ICA:
7. El aumento del 50% en el ICA a la
generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica,
la producción y transporte de energéticos, y la prestación de servicios de
acueducto, de aseo, alcantarillado y gas, ocasionará alzas en sus tarifas y un
efecto de bola de nieve en las cadenas de valor de estos sectores. Con dicho
aumento este impuesto en Barranquilla supera entre un 50 % y 55% a lo que se
cobra en Bogotá y Cali.

1. Para el servicio de transporte, el
aumento del impuesto de Industria y Comercio es del 14%, situándose ahora un
142% por encima del que aplica Cali, y un 93% más alto que el de Bogotá. Esta
decisión también incidirá en un aumento en los costos a sus usuarios.
2. En cuanto a las actividades de
educación, la tarifa del ICA se incrementó un 80%, resultando ahora un 104,5%
mayor que la de Cali, y un 35,7% por encima de la de Bogotá. El ajuste tendrá
incidencia en los costos educativos, una de las mayores barreras de acceso a la
educación superior especialmente.
3. La producción de alimentos, abonos y
materiales básicos para la agricultura y la ganadería; y la fabricación de
productos farmacéuticos, químicos y botánicos sufrirán aumentos en el Impuesto
de Industria y Comercio del 37%. Es de resaltar que el sector de químicos y
farma decreció en ventas -1,6% en el segundo trimestre de 2023, y experimentó
una caída en la producción de -10,1% real a corte del tercer trimestre. Para las demás actividades industriales el aumento del
ICA será de 57,1%. Los incrementos desproporcionados en impuestos eventualmente
ocasionan aumentos del contrabando y la falsificación de productos.
4. Para el comercio de materiales de
construcción, artículos de ferretería; productos de vidrio; productos
farmacéuticos y medicinales, la tarifa del ICA se incrementó alrededor de un
43%. Recordemos que el sector de edificaciones sufrió una caída del 62% en las
ventas de vivienda, entre enero y octubre de este año, siendo Barranquilla la
ciudad del país con la mayor disminución en ese sentido.
5. Para el comercio de vehículos nuevos el
incremento del ICA también es aproximadamente del 43%, un sector que a octubre
pasado había vendido 3.988 vehículos menos que los comercializados en los
primeros diez meses de 2022.
6. El ICA es un impuesto regresivo porque
su base gravable recae sobre los ingresos brutos de los contribuyentes.
Simulaciones del Ministerio de Hacienda estiman que el ICA reduce el retorno a
la inversión, generando un menor stock de capital en el largo plazo dado que no
permite deducir la depreciación, ni los intereses sobre préstamos, ni las
compras de bienes intermedios. (Informe Misión Estatuto Tributario Territorial,
2020).

Impactos
del incremento en contribución de alumbrado público:
7. La contribución al alumbrado público se
incrementó en un 13% tanto para el comercio como para la industria en todos los
rangos, por encima de la inflación anual, y se mantiene como hecho generador el
consumo de energía eléctrica, sin que exista una relación directa entre éste y
la tasa impositiva. Para el sector comercial la tarifa máxima pasa de 54,97 UVT
(Unidad de Valor Tributario) a 62,11 UVT. Para el industrial se incrementa de 101,17
UVT a 114,33 UVT.
8. Para el sector residencial la tasa de
contribución del alumbrado público se incrementa sustancialmente para los
estratos 5 y 6. En primer caso pasa de 0,95 UVT a 1,06 UVT, para un aumento de
11,6%. Y en el segundo de 1,58 UVT a 1,79 UVT, con un alza de 13,3% que
igualmente está por encima de la inflación anual. El cobro de esta contribución
no debería ser por estrato porque esta consideración no es óptima para la
focalización de tarifas de impuestos dado que no refleja la verdadera capacidad
de pago de las familias.
9. Al sumar los incrementos en el impuesto
de alumbrado público a los de la UVT las alzas terminan oscilando entre el 25%
y el 42%, dependiendo de los rangos de consumo tanto del comercio, la industria
y los hogares, lo que hace más fuerte el impacto del ajuste definido en el
Estatuto Tributario Distrital.
10.
Es necesario conocer el estudio técnico sobre los costos de prestación
del alumbrado público, el cual fue la base del aumento en la contribución de
ese servicio para entender la sustentación oficial de estos incrementos
desproporcionados.