Carrasquilla, nos salió complicadillo el hombre.
Alberto Carrasquilla, ex ministro de hacienda de Colombia.
Invitado por el RadaR en algunas oportunidades por alguno de nuestros
aniversarios. Uno de los funcionarios mejor preparados de los que ha tenido el
país, no deja de estar en la vitrina de Colombia.
Ahora la Corte está estudiando una medida cautelar contra su
nombramiento como miembro de la Junta Directiva del Banco de la República.
Y al Consejo de Estado le llegó un recurso que alega una
violación a la cuota de género con su llegada a esa posición.
RADAR,luisemilioradaconrado
@radareconomico1
En medio de una demanda contra la
designación del exministro de Hacienda Alberto Carrasquilla en la
junta directiva del Banco de la República, el Consejo de Estado trasladó
a las partes una solicitud de medida cautelar para que se pronuncien sobre la
misma.
En concreto, el Consejo de Estado determinó, el 22 de septiembre,
que previo a decidir sobre la admisión de la demanda y la procedencia de
la medida cautelar que esta pide decretar, se trasladara la última al propio
Carrasquilla, al Presidente de la República, al Ministro de Hacienda, a la
Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y a la Procuraduría para que
expongan sus consideraciones al respecto.
La medida cautelar pide la suspensión
provisional del nombramiento de Carrasquilla y tanto él como los demás a los
que el alto tribunal notificó tendrán un plazo de cinco días, contados a
partir del 28 de septiembre, es decir, hasta el 4 de octubre a las 5 de la
tarde, para enviar su respuesta.
La demanda y la medida cautelar fueron radicadas por el abogado Joan Sebastián Moreno Hernández quien considera que con el nombramiento del exministro, que se hizo el pasado primero de septiembre tras la renuncia de Carolina Soto, solo quedó una mujer en las plazas que tiene la junta y con ello se vulneró la cuota de género en dicha entidad.
"El presidente de la República, Iván Duque Márquez, incumplió con los porcentajes de mujeres que debían pertenecer a la junta directiva de la Banca Central, en gran parte, porque en estricto sentido debe haber como mínimo dos mujeres en dicha Junta directiva para cumplir con el canon señalado en la ley de cuotas para mujeres en el máximo nivel decisorio", dice la demanda.
La llamada ley de cuotas, que es la Ley 581 de 2000, establece que en los cargos con nivel decisorio del poder público, un mínimo del 30 por ciento deben ser ocupados por mujeres.
En ese sentido, la demanda recalcó:
"Que exista solo una mujer en un órgano de administración de 5 personas
marca un amplio margen de desigualdad de género que, además de ser
inconstitucional, vulnera de manera evidente los cánones de la Ley 581 del 2000
en las reglas de elección en organismos de máximo nivel decisor del Estado
colombiano".
Este recurso había sido inadmitido por
el alto tribunal en un primer momento, pero el demandante corrigió su demanda y
ahora el magistrado Luis Alberto Álvarez Parra, a quien le correspondió el
asunto, estudiará las respuestas frente a la solicitud de medida cautelar y
luego de ello decidirá si admite para estudio la demanda corregida.
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