El gobierno local reglamenta la ocupación del
espacio público.
luisemilioradaconrado
Para eventos
diferentes a los de la Vía 40
Barranquilla:
Alcaldía reglamentó ocupación de espacio público para desfiles de Carnaval
Con la expedición de la
Resolución No. 006 del 23 de enero de 2012, la Secretaría de Control Urbano y
Espacio Público reglamentó la ocupación del espacio público durante los
desfiles de pre Carnaval y durante los cuatro días oficiales de las fiestas,
diferentes a los eventos que se realizan en la Vía 40.
El documento autoriza la
colocación de sillas en el espacio público existente entre la línea de
propiedad y la línea de bordillo de los inmuebles y parte de la calzada aledaña
al recorrido de los diferentes eventos, dejando un espacio de un metro y medio
en la parte posterior para la circulación de los peatones. Las bocacalles
deben permanecer completamente desocupadas para evacuación y ubicación de
equipos de emergencia.
Diana María Amaya Gil,
Secretaria de Control Urbano y Espacio Público, informó que el cupo de sillas
por persona es de 20 y que tiene prelación para la ubicación de sillas el
propietario del inmueble o la persona que esté ejerciendo la tenencia o
cualquier otro derecho a nombre de este.
“El permiso para la
ocupación temporal del espacio público deberá ser solicitado ante esta
dependencia, siendo el otorgamiento personal y deberá cumplir con los
siguientes requisitos: carta de solicitud, fotocopia de la cédula de ciudadanía
del solicitante y dirección de domicilio, RUT (para personas naturales o
jurídicas), recibo oficial del pago, póliza de responsabilidad civil o pagaré
en blanco autenticado ante notaría, ubicación y número de sillas, y copia del
certificado de tradición o recibo de servicios públicos”, precisó la
funcionaria.
Esta reglamentación es de obligatorio cumplimiento. Su incumplimiento acarrea el retiro del permiso sin que hubiese compromiso de devolución de dineros y la consecuente sanción a la que hubiere lugar, así como el decomiso de los elementos que se encuentren invadiendo el espacio público.
Relacionamos a
continuación los valores correspondientes a cada uno de los desfiles:
EVENTO
|
CUPO DE SILLAS POR PERSONA
|
VALOR DEL IMPUESTO POR CADA SILLA
|
COBRO AL PÚBLICO POR SILLA
|
SE RECIBEN
FORMULARIOS HASTA
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Gran Danza del Garabato
(28 de enero)
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20
|
$2.200,oo
|
$10.000,oo
|
Enero 26
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Guacherna Esthercita Forero
(10 de Febrero)
|
20
|
$2.200,oo
|
$10.000,oo
|
Febrero 2
|
Desfile de Faroles y Tambores
(11 de Febrero)
|
20
|
$1.100,oo
|
$5.000,oo
|
Febrero 9
|
Gran Cumbiamba Italiana (11 de febrero)
|
20
|
$1.100,oo
|
$5.000,oo
|
Febrero 9
|
Guacherna Gay y Coronación de
los Reyes 2012
(11 de febrero)
|
20
|
$1.100,oo
|
$5.000,oo
|
Febrero 9
|
Desfile del Carnaval de los
Niños
(12 de Febrero)
|
20
|
$2.200.oo
|
$10.000,oo
|
Febrero 9
|
Batalla de Flores del Recuerdo
(18 de febrero)
|
20
|
$1.100
|
$5.000,oo
|
Febrero 15
|
Batalla de Flores de la 17
(18 de febrero)
|
20
|
$500
|
$3.000,oo
|
Febrero 15
|
Carnaval de la 84
(21 de febrero)
|
20
|
$2.200
|
$10.000,oo
|
Febrero 15
|
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