El mayor desatino de la CREG, de acuerdo a Ricardo
Plata Cepeda…
“El mayor desatino y atropello de la CREG en años
recientes fue que, abusando de que la ley del plan de 2019 autorizaba un
régimen “singular y transitorio para la región Caribe”, resolvió cobrarnos a
quienes pagamos cumplidamente la factura de energía, la que se roban los que no
pagan, resultando ese solo factor en un incremento $258 por kwh, equivalente al
50% de la tarifa total del momento al entrar en vigor en Julio de 2021.
Leamos a Ricardo…
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LA CREG C’EST MOI
El mayor desatino y atropello de la CREG en años recientes fue que, abusando de que la ley del plan de 2019 autorizaba un régimen “singular y transitorio para la región Caribe”, resolvió cobrarnos a quienes pagamos cumplidamente la factura de energía, la que se roban los que no pagan, resultando ese solo factor en un incremento $258 por kwh, equivalente al 50% de la tarifa total del momento al entrar en vigor en Julio de 2021. Por RICARDO PLATA CEPEDA
El absolutismo se pasea por todo el espectro ideológico, la historia y la geografía. Su contagio está es en el talante, desde su encarnación monárquica en la Francia de Luis XIV, pasando por la China de Mao, hasta los caudillos de república bananera. Es una compulsión por abarcar absolutamente todo lo que esté al alcance, aunque no fuese necesario, como en el caso de la CREG. Los ajustes más necesarios en el sector eléctrico se pueden hacer, de una parte, desde la institucionalidad, o sea desde la propia CREG y, de otra parte, con las directrices primigenias de ésta consignados en la ley 142 de 1994, o ley eléctrica.
Con respecto a lo primero, la CREG tiene 9
comisionados, 3 permanentes: los ministros de Hacienda y de Minas y el Director
del DNP. Están por designarse los remplazos de Valencia y Barreto, Vélez saldrá
pronto por un fallo en contra y a Prada se le vence el período en abril. O sea
que el presidente puede tener ya una mayoría con 5 votos y en breve 7 de los 9.
“Todo lo que te imaginas puedo hacer…”, sin desconocer la institucionalidad y
por tanto sin los riesgos e incertidumbre jurídica resultante.
Con respecto a lo segundo, el mayor desatino y
atropello de la CREG en años recientes fue que, abusando de que la ley del plan
de 2019 autorizaba un régimen “singular y transitorio para la región Caribe”,
resolvió cobrarnos a quienes pagamos cumplidamente la factura de energía, la
que se roban los que no pagan, resultando ese solo factor en un incremento $258
por kwh, equivalente al 50% de la tarifa total del momento al entrar en vigor
en Julio de 2021, sin reparar en que pisoteaban así cuatro de los criterios
básicos del artículo 87 de la ley eléctrica, en cuya defensa se alinea hoy todo
el establecimiento energético, gremial y tecnocrático, a saber:
1. El criterio de eficiencia económica que exige que
las tarifas se aproximen a lo que serían los precios de un mercado competitivo
y que las fórmulas tarifarias no trasladen a los usuarios los costos de una
gestión ineficiente.
2. El de neutralidad, que asegura a cada consumidor
el derecho a tener el mismo tratamiento tarifario que cualquier otro.
3. El de simplicidad, según el cual las fórmulas
tarifarias se elaborarán de tal forma que se entiendan.
Y 4. El de transparencia, que requiere que el régimen
tarifario sea explícito y público para todas las partes involucradas y para los
usuarios. Todos flagrantemente violados y que demandan remediación inmediata a
las empresas y familias afectadas.
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