domingo, 18 de abril de 2021

El presidente Iván Duque firmó ayer el decreto que prohíbe la exportación e importación de asbesto.

El asbesto es un mineral que le produce cáncer a las personas.

El mandatario firmó y se refirió al asunto por twitter.

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Colombia prohíbe la exportación e importación de asbesto

En Colombia se prohíbe la exportación e importación de asbesto. Pero también se prohíbe elaborar productos con ese material en el país.


“Con @MincomercioCo expedimos el Decreto 402, el cual desarrolla la Ley 1968 de 2019, y en el que se establecen disposiciones relacionadas con prohibición de importación y exportación de asbesto, a fin de proteger la vida y salud de trabajadores y los colombianos en general”, dijo el presidente Iván Duque en Twitter.


El decreto también prohíbe en Colombia todos los productos elaborados en el territorio nacional con este material y busca, al igual que la ley que veta su uso, rendir homenaje a Ana Cecilia Niño, una abanderada de la lucha contra el uso de este mineral y que falleció por un cáncer en enero de 2017 a los 42 años.


El asbesto es un mineral fibroso utilizado principalmente en la fabricación de tejas, baldosas, papel, en los frenos de los vehículos, materias textiles termorresistentes, envases, paquetería, revestimientos y pinturas, entre otros.


La exposición a este material aumenta las posibilidades de sufrir cáncer de pulmón, hígado, laringe, así como gastrointestinal y sus efectos pueden perdurar en el cuerpo entre 20 y 30 años.



ALCANCE DEL DECRETO

El decreto firmado por Duque aplica a todas las personas, tanto naturales como jurídicas, que realicen actividades de importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos elaborados con él.

Las autoridades administrativas y de control se encargarán de "actuar dentro 
del ámbito de sus competencias para controlar y coadyuvar a que las actividades prohibidas relacionadas con cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados no ocurran en el territorio nacional", agregó la Presidencia en un comunicado.


Igualmente señala que el asbesto y los objetos hechos con este mineral que hayan sido importados e instalados antes del 1 de enero de 2021 "serán objeto de la política pública de sustitución a que se refiere la Ley 1968 de 2019". "A partir de esa fecha no podrán instalarse y utilizarse dichos materiales aun cuando hayan sido importados, embarcados e ingresados a zona franca con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto", detalló la información.

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