Por: Amylkar D. Acosta
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Amylkar Acosta, exmnistro de Minas de Colombia |
La
Comisión de regulación de energía y gas (CREG) levantó una polvareda con la
expedición el 18 de diciembre pasado, para comentarios hasta el 15 de este mes,
de la Resolución 701 028, mediante la cual “se adoptan
reglas transitorias
en el precio de bolsa del Mercado de energía mayorista durante el período del
Fenómeno de El Niño”, asumiendo que este se prolongará hasta el mes de abril,
cuando según la Oficina Nacional de Administración Oceánica y Atmosférica
(NOAA, por sus siglas en inglés) se podría prolongar hasta el mes de junio.
Según el
Ministro Camacho, “ninguna de las medidas tomadas va a afectar negativamente
las tarifas de energía. Nosotros venimos, desde que arrancó el Gobierno, con el
propósito de bajar las tarifas de energía y todas las medidas que estamos
tomando buscan cumplir ese propósito”. Y añadió, “la medida que se está
adoptando tiene unas condiciones que buscan aplicar en uno de los segmentos de
la cadena que es la generación”. Él está pensando con el deseo. El quid del
asunto está en que la adopción de tales condiciones “que busca aplicar en
uno de los segmentos de la cadena”, terminan por afectar a los otros
segmentos de la misma cadena y al final no sólo puede hacer nugatorio lo que
se propone sino que lo puede tornar contraproducente. Y este es el caso.
De
aplicarse la disposición prevista en esta Resolución que le establece un techo
al precio en Bolsa, este sólo impacta, en promedio, al 20% de la energía
transada, lo cual limita su efecto, traduciéndose en una reducción en uno de
los cargos de la fórmula tarifaria, el de la generación (G), que podría
representar una baja entre $60 y $100 el KWH. Pero, concomitantemente, como lo
afirma el Director ejecutivo de Óptima consultores Alejandro Lucio, “la
resolución de intervención pone a cargo de la demanda, a través del componente
de restricciones, el diferencial entre el costo de la generación térmica y el
nuevo precio de bolsa intervenido”. Ello se traducirá en un incremento en
la tarifa al usuario final de $350 por KWH, aproximadamente, a través del cargo
por restricciones (R) de la fórmula tarifaria. Si descontamos de este la
disminución en el cargo por generación (G), el saldo neto en contra del
usuario un incremento entre el 25% y el 30% en su factura de electricidad.

Por lo
demás, como lo acota el experto Alejandro Lucio, la cifra de $530 por KWH, que
sale del magín de la CREG, es “un valor completamente arbitrario. En esencia,
se les limita su margen (a las hídricas), pero no se les acaba.
Percibir ese
valor puede ser un costo de oportunidad, pero no dejan de percibir rentas
interesantes cuando venden su energía”. Y para rematar “además, y acá está
la paradoja, se les está techando el precio que deben pagar por aquella
generación que no puedan producir, justo cuando no la van a producir. Al final
se les hace un favor” al generador hídrico a expensas de los usuarios, que es
al que, según el Ministro Camacho, se busca proteger de los abusos de posición
dominante en que incurran los generadores.
A todas
las críticas que desde distintos flancos le han llovido a la Resolución de
marras, el Ministro Camacho se ha limitado a afirmar, pero sin ningún sustento
técnico, que “los impactos que esto pueda tener en otros segmentos, como en las
restricciones o en la comercialización y distribución, los estamos evaluando
y tomando medidas para cumplir el propósito de bajar tarifas”. Y repite la
cantinela de que “todas las medidas
están orientadas a bajar las tarifas y tener costos eficientes y justos para la
gente”. Pero los hechos son tozudos, como lo sostiene la Directora ejecutiva de
ASOENERGÍA Sandra Fonseca, “la gran mayoría de los colombianos podrían
estar pagando alrededor de 2,4 billones de pesos más en sus facturas de energía
entre enero y abril del 2024 en caso de materializarse el proyecto de
resolución”.
Esta
medida, de aplicarse tal cual como está proyectada, agudizaría la tendencia
inercial al alza de la tarifa de energía y de paso acarreará, como lo sostiene
el experto Alejandro Lucio, “mayores costos por confiabilidad, asumiendo que
esos requerimientos de firmeza se consigan completar en la próxima subasta de
cargo por confiabilidad (si es que ante esta intervención algún inversionista
de un proyecto térmico se anima a participar en la misma) o en el peor de los
casos, un no muy lejano déficit de energía firme que en el próxima sequía, y
por qué no en la que estamos viviendo, nos lleve al apagón”.
Esta alza
en la tarifa de energía se vendría a añadir a la que se derivará del cobro a
partir de la factura de enero de este año, como lo dispuso la Resolución 101
029 del 24 de noviembre de 2023 expedida por la CREG, de la deuda, con sus
intereses causados, que por concepto de la opción tarifaria tienen todos
los usuarios con las empresas prestadoras del servicio de energía que, como es
bien sabido sobrepasa la suma de los $5 billones, cuyo impago las había puesto
en calzas prietas, al punto que el Gobierno tuvo que abrirles un crédito en
FINDETER para solventarlas y evitar así un apagón financiero de las mismas.
Esta es la cereza del pastel envenenado de la espiral alcista de las tarifas
de energía, la cual tiene su principal catalizador en el déficit en la
oferta de energía, debido al atraso y al aplazamiento de importantes proyectos,
tanto de generación como de transmisión, con un margen de maniobra que no
supera el 5%, manteniendo al Sistema interconectado nacional (SIN) en el máximo
grado de stress!
Santa
Marta, enero 14 de 2024
www.amylkaracosta.net