Los comerciantes están renovando su Matrícula Mercantil en Barranquilla y en otras sedes del Departamento del Atlántico.
Mañana 30 y el jueves 31 seguro empezarán las correndillas para cumplir con las normas mercantiles.
RADAR,luisemilioradaconrado
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Este jueves 31 de marzo vence el plazo:
19.000 Comerciantes ya han renovado su
Matrícula Mercantil
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De un total de 56 mil comerciantes, ya han renovado
más de 19mil de ellos.
·
El
plazo para renovar la matrícula mercantil vence este 31 de marzo, para
evitar sanciones de la Superintendencia de Industria y Comercio.
·
Es posible hacer renovación por internet, así como
en bancos aliados
Barranquilla D.E.I.P., marzo 29 de 2016. Más
de 19mil comerciantes ya han renovado la matrícula mercantil, de un
total de 56 mil, que deben cumplir con este deber legal, y evitar así,
sanciones de la Superintendencia de Industria y Comercio. Así lo
anunció esta mañana, la Cámara de Comercio de Barranquilla,
CCB, que recordó que el plazo para renovar vence este jueves, 31 de
marzo.
La Cámara de Comercio recordó que también vence el plazo para
renovar los registros para entidades sin ánimo de lucro, empresas del
sector turismo y el registro nacional para operadores
de libranzas -RUNEOL-.
La Cámara de Comercio de Barranquilla
ha dispuesto este año nuevos canales para hacer efectiva la renovación,
explicando en primer lugar la opción de liquidar y pagar por la página
web de la Entidad. El trámite es seguro y amigable.
Otro mecanismo es
el pago en bancos aliados como son: Bancolombia
y Banco de Bogotá.
“Es
importante destacar que con la renovación mercantil, los comerciantes
obtienen beneficios como son: el acceso a créditos, posibilidad
de participar en convocatorias públicas y privadas, mantener la calidad
de comerciante formal y la seguridad de que sus datos están
actualizados en el registro mercantil; recordemos que estas bases de
datos son consultadas por inversionistas y otras empresas
que buscan proveedores y nuevos clientes, lo que amplía la posibilidad
de negocios para el comerciante” afirmó María José Vengoechea Devis,
Presidenta Ejecutiva de la CCB.
Sobre otros registros
Otros registros cuyo plazo vence también el jueves 31, es el registro de entidades sin ánimo de lucro, empresas
del sector turismo y el registro nacional para operadores de libranzas -RUNEOL-. Sobre el registro de turismo,
es necesario ingresar a la
página web del Registro Único Empresarial y Social -RUES- www.rues.org.co
seleccionando la Cámara de Comercio correspondiente del domicilio en el
cual desarrolla su actividad comercial y lea detenidamente el
"Instructivo de Actualización".

La omisión de la obligación de la actualización anual del Registro Nacional de Turismo
acarreará
pagar un valor consistente de un (1) salario mínimo legal mensual
vigente, la suspensión del mismo y el cierre temporal
de su establecimiento de comercio. Durante el tiempo de suspensión del
Registro Nacional de Turismo, el prestador de servicios turísticos no
podrá ejercer la actividad, hasta tanto demuestre que ha cumplido con la
actualización y pagado dicho valor al Fondo
Nacional de Turismo, de conformidad con los parágrafos 4, 5 y 6 del
artículo 33 de la Ley 1558 de 2012.
Lo que dice la Superintendencia de Industria y Comercio
En
días pasados, la oficina de prensa de la SIC emitió un comunicado donde
explicó que el Gobierno Nacional expidió el 11 de julio
de 2014, la Ley 1727, mediante la cual se reformó el Código de Comercio
y se dictaron otras disposiciones, entre ellas, la de ordenar a las
Cámaras de Comercio, que en abril de cada año, reporten ante la
Superintendencia de Industria y Comercio el listado
de los comerciantes que incumplieron con su deber legal de renovar la
matrícula mercantil, con el fin de que la Entidad pueda adelantar las
respectivas investigaciones administrativas e imponer las sanciones a
que haya lugar.
Indicó
el Superintendente, que los comerciantes que no cumplan con esta
obligación podrán ser sancionados por la Superintendencia de
Industria y Comercio con multas de hasta diecisiete salarios mínimos,
de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 11 del Decreto
2153 de 1992.
En
este orden de ideas, la Superintendencia de Industria y Comercio hace
un llamado especial e invita a los comerciantes, para que antes
del 31 de marzo de 2016, se pongan al día con su obligación legal de
renovar su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio,
y así evitar las respectivas sanciones.
Más información: Marcela Blanco Medina
Jefe de Formalización
Celular: 3015255884